Para comprender el
desamparo (jurídico y humano) en el que están inmersos cientos de miles de seres
que buscan asilo en Europa, es necesario explicar que desde el 15 de junio de
1990 existe un sistema europeo de asilo, inicialmente conocido como Convención
de Dublín (hoy Reglamento de Dublín), implementado para dar asilo a personas que
huyen de su país porque son perseguidas o porque sus vidas y las de sus familias
están en peligro. Así pues, en 1990 Europa se otorgó un sistema de asilo propio
al existente modelo previsto, por las Naciones Unidas, en la Convención de
Ginebra de 1951 (Convención para el Estatuto del Refugiado).
Nuestro sistema de
asilo, que ha sufrido varias reformas y ajustes desde 1990, viene tropezando
-desde un tiempo atrás- en el siguiente punto: el desequilibrio de cargas entre
los Estados miembros europeos a la hora de examinar las peticiones de asilo. En
efecto, el sistema del Reglamento de Dublín estableció que la petición de asilo
deberá ser examinada en y por el Estado donde el refugiado entró por primera vez
en territorio europeo. Para entender la dimensión del escollo pongámosle cifras:
Grecia recibió casi un millón personas entre enero de 2015 y febrero de 2016.
¿Qué Estado europeo está preparado para soportar una carga de ese tamaño?
Ante el doble
problema, el del elevado número de refugiados y el de la carga excesiva que
deben soportar algunos Estados para atenderlos, hechos conocidos por venirse
denunciando en los distintos comités del Consejo de Europa, la solución
pergeñada ha sido alcanzar un acuerdo con Turquía para llevar a cabo una
“estrategia” para “atajar” la “crisis migratoria”. Pues bien, no cabe acudir a
estrategia europea alguna, mucho menos en materia de refugiados, si ésta no se
enmarca dentro de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (CDFUE),
y, especial, el respeto al derecho fundamental que garantiza que “nadie podrá
ser devuelto, expulsado o extraditado a un Estado en el que corra un grave
riesgo de ser sometido a pena de muerte, a tortura o a otras penas o tratos
inhumanos o degradantes”.
El acuerdo
alcanzado es una ignominia para los refugiados, casi todos ellos huyendo de
guerras o zonas de conflicto (Siria, Afganistán, Iraq), por cuanto que ahora
Turquía, un país que ha sido reiteradamente condenado por el Tribunal Europeo de
Derechos Humanos por violación de derechos fundamentales, será quien se haga
cargo de los expulsados. Además, el acuerdo suscrito con Turquía contraviene,
incluso, la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, quien en una
sentencia de 21 de diciembre de 2011, dijo que incumbía a los estados europeos
asegurarse de ”no trasladar a un solicitante de asilo…cuando existan motivos
serios y acreditados para creer que el solicitante correrá un riesgo real de ser
sometido a tratos inhumanos o degradantes”, y si la prevención de no trasladar
solicitantes de asilo es aplicable entre países europeos habrá que extenderla
también a terceros estados.
El Consejo de
Europa ha adoptado un acuerdo con un país al que el propio Consejo le ha tenido
que recordar, según la nota de prensa previa al acuerdo de 18 de marzo, que
“debe respetar los principios democráticos y los derechos y libertades
fundamentales”, y, para completar el despropósito, el Consejo ha dejado en manos
de Grecia, a quien el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha calificado como
“degradante” el trato dado a los refugiados, con el reto de proveer de
alojamiento y asilo a 50.000 emigrantes y refugiados desplazados tras el cierre
de la “ruta alemana de los Balcanes”, además de hacer frente a la situación de
los emigrantes ya asentados y tramitarles las peticiones de asilo a razón de
10.000 personas por semana hasta regularizar la crisis.
La Unión Europea y
Turquía han firmado una alianza en contra de los valores y principios
fundamentales de las personas: han firmado una alianza en contra de la
civilización. |