2016 trae importantes novedades fiscales y penales, relevantes tanto para las
empresas como para el contribuyente, que evidencian la clara tendencia del
legislador de asegurar la recaudación a costa de erosionar derechos como la
seguridad jurídica y la tutela judicial efectiva. "Estamos ante un
quebrantamiento de los principios constitucionales con un único objetivo
recaudatorio". Así se puso de manifiesto durante la jornada organizada por
TOMARIAL, Abogados y Asesores Tributarios sobre las Novedades Fiscales,
Mercantiles y Laborales del próximo año.
El evento destacó que los cambios legislativos que afectan a las empresas, en
los ámbitos tributario, mercantil y laboral, unido a la lógica incertidumbre de
la inminente cita electoral configuran un panorama que requiere de un espacio de
reflexión y análisis sobre las consecuencias que las medidas ya aprobadas van a
tener sobre las empresas.
Respecto a La
Ley General Tributaria 58/2003 de 17 de diciembre, el
economista y responsable del área fiscal de la firma, Rafael Robledo
considera que la reforma no busca luchar contra el fraude de forma evidente,
sino que está destinada a asegurar y mejorar la recaudación, a costa de las
garantías del contribuyente, que asimismo verá incrementada la carga
administrativa a la que se le venía sometiendo.
Robledo
subrayó la modificación referente a la prescripción de los impuestos. El
artículo 66.Bis que concede a la Administración el derecho para investigar
ejercicios prescritos, siempre que generen efectos en ejercicios no prescritos
aunque hayan transcurrido más de quince años y hace recaer la carga de la prueba
sobre el contribuyente. "Esto afectaría incluso, en un ejemplo a actividades
realizadas en el año 2000, cuya documentación soporte probablemente no se
conserve, pero que tras la reforma podría dar lugar a un procedimiento
sancionador.".
Asimismo apuntó que la nueva redacción del apartado 9 del artículo 68 de la LGT
supone que la interrupción del plazo de prescripción de un tributo determinará
la interrupción del plazo de prescripción de las obligaciones tributarias
conexas del obligado tributo. Esto podría provocar, por ejemplo, que tras una
inspección de IVA donde se nos exige incrementar las bases imponibles de IVA
devengado, interrumpa a su vez el Impuesto sobre Sociedades al afectar dicha
modificación en el primer tributo al segundo.
Otra de las novedades será la publicación de la lista de deudores, es decir que
todos aquellos que tengan una deuda pendiente con la Administración superior al
millón de euros quedarán fotografiados. Una lista que mezcla tanto a los
defraudadores como a los que están pasando un mal trago económico.
Por último, en relación con los casos de delito fiscal, advierte que la nueva
ley para garantizar el proceso de recaudacion establece en la práctica la
creación de una nueva modalidad de liquidación, que excluye principios y
garantías de los contribuyentes. Así, cuando la Administración Tributaria
aprecie indicios de delito contra la Hacienda Pública, se procederá a formalizar
una propuesta de liquidación vinculada a delito que, tras trámite de audiencia,
devendrá definitiva.
Los cambios en la Ley de Presupuestos Generales del Estado son: novedades en el
Patent Box y la bajada del tipo de interés de demora del 5% al 3%.
En IVA tres variaciones: las exenciones en operaciones exteriores y límites para
la aplicación del régimen simplificado, así como "En 2017 las grandes
empresas y acogidas al Régimen de Devolución Mensual tendrán a Hacienda dentro
de su casa porque la prescripción es informar a la Administración cada cuatro
días de las facturas emitidas y recibidas".
Respecto al futuro gobierno que surga de las elecciones generales Robledo
apuntó que si gana el PP se mantendrían estas modificaciones e inclusive podrían
iniciar las relativas a los impuestos cedidos a las CC.AA. "Los tributos
locales y autonomicos, Ibi y plusvalias, probablemente sean la nueva tanda. El
Ibi es el único impuesto en recaudacion que no ha bajado en toda la crisis. Si
no ganan el nuevo gobierno podría poner en marcha nuevas reformas fiscales".
En relación a las reformas penales, Tomás Vázquez Lépinette, socio de
TOMARIAL, Abogados y Asesores Tributarios, subrayó que una de las modificaciones
más relevantes es la que permite a las personas jurídicas que tengan
procedimientos internos de prevención del delito o bien reducir la penalidad e
incluso eximirse de responsabilidad. Para ello será necesario adoptar un
protocolo penal preventivo y nombrar a un “ Compliance officer”, (director de
cumplimiento normativo), una figura de reciente creación”.