El Tribunal Supremo ha avalado por primera vez la utilización de demandas
colectivas para reclamar los daños y perjuicios sufridos por la adquisición de
productos financieros, al considerar que esta vía es adecuada “por economía
procesal y evitación de sentencias contradictorias”. Además, al ser la sentencia
más importante sobre esta cuestión desde que se aprobó la Ley de Enjuiciamiento
Civil del año 2000, su alcance se puede extender a todo tipo de demandas
colectivas, como por ejemplo las de Volkswagen. Los abogados
Fernando Zunzunegui (de Zunzunegui
Abogados) y Jordi Ruiz de Villa (de JAUSAS), que representan a los demandantes,
insisten en que la utilización de una demanda colectiva estaba avalada por el
hecho de que Bankinter siguió unas mismas pautas de falta de información y falta
de aviso del riesgo de crédito del emisor con todos los clientes, y ello pese a
que la naturaleza de los productos era diferente (preferentes y bonos
estructurados).
En la sentencia, el Supremo revoca la decisión de la Audiencia Provincial de
Madrid, que a finales de 2010 consideró improcedente la acumulación de acciones
de 89 clientes de Bankinter por la venta de productos estructurados y
preferentes (de Lehman Brothers y bancos islandeses), requiriendo que cada
afectado demandara individualmente. El Alto Tribunal obliga ahora a la Audiencia
Provincial a pronunciarse de nuevo, pero esta vez sobre el fondo de la cuestión.
Inicialmente, las peticiones de los afectados -asesorados por los despachos
Zunzunegui y JAUSAS- habían sido respaldadas por el Juzgado de 1ª Instancia nº
87 de Madrid, que en marzo de 2010 condenó por primera vez a un banco por falta
de información en la venta de preferentes y productos estructurados y obligó a
Bankinter a devolver casi 10 millones de euros.
En su resolución, el Supremo afirma que “se trata de supuestos en los que no
está justificado que las acciones se tramiten en procesos diferentes, y que en
cada uno de ellos haya de repetirse el interrogatorio de unos mismo demandados,
unos mismos testigos o unos mismos peritos, sobre hechos sustancialmente
idénticos, con el incremento de coste que supone para las partes”.
“Esta tramitación conjunta evita también el riesgo de que demandas en las que la
base fáctica con trascendencia en las acciones ejercitadas sea sustancialmente
común, den lugar a sentencias que resuelvan la cuestión de modo diferente unas
de otras”, añaden los magistrados.
Los abogados Fernando Zunzunegui (de Zunzunegui Abogados) y Jordi Ruiz de Villa
(de JAUSAS), que representan a los demandantes, insisten en que la utilización
de una demanda colectiva estaba avalada por el hecho de que Bankinter siguió
unas mismas pautas de falta de información y falta de aviso del riesgo de
crédito del emisor con todos los clientes, y ello pese a que la naturaleza de
los productos era diferente (preferentes y bonos estructurados).
“Resulta obvio que la acumulación de perjudicados en una sola demanda no reporta
más que beneficios, ya que los afectados pagan una sola defensa (abogados,
peritos, procuradores y tasas) con el consiguiente abaratamiento del proceso y
acceso a la justicia a reclamaciones de escasa cuantía”, señala el socio de
JAUSAS Jordi Ruiz de Villa. Este experto en Litigación también destaca que, con
la presentación de demandas colectivas, “la Administración de Justicia evita una
multiplicidad de casos idénticos con un significativo ahorro de costes y permite
demostrar conductas ‘en masa’ que de otra forma resultaría imposible demostrar”.
Por su parte, Fernando Zunzunegui añade que, con esta resolución, “el Tribunal
Supremo avala que la estrategia de acumulación de perjudicados adoptada al
inicio del proceso –en 2009- es válida y era beneficiosa para todas las partes,
y ello afectará también a otras muchas demandas de productos financieros en
curso. Además, el Alto Tribunal se ha pronunciado recientemente sobre los bonos
estructurados y participaciones preferentes comercializadas entre otros por
Bankinter por lo que no tenemos ninguna duda de que la Audiencia confirmará la
sentencia de primera instancia en muy breve plazo”.