El
Consell
de
l’Advocacia
Catalana,
Abel
Pié
y el
Departament
de
Justícia
firmaron
este
mediodía
el
protocolo
de
actuación
para
la
puesta
en
marcha
del
servicio
de
turno
de
oficio
específico
para
personas
mayores
y
vulnerables,
dentro
del
ámbito
de
aplicación
de
la
Ley
de
asistencia
jurídica
gratuita.
El
protocolo
determina
los
supuestos
en
los
que
procederá
designar
abogados
de
este
turno
de
oficio
específico,
destinado
a
personas
mayores
de
65
años
que
se
encuentren
en
situaciones
de
vulnerabilidad
y
que
precisen
de
actuaciones
letradas
para
la
defensa
de
sus
intereses.
El
servicio
de
turno
de
oficio
específico
para
personas
mayores
vulnerables
será
pionero
en
España.
El
Consell
impulsará
programas
de
formación
específica
para
letrados
interesados
en
adscribirse
a
este
turno,
a
fin
de
mejorar
la
calidad
del
servicio
y
atender
las
problemáticas
que
afectan
a
las
personas
mayores
en
los
diferentes
ámbitos
jurisdiccionales.
El
objetivo
del
protocolo
firmado
ayer
por
el
president
del
Consell
de
l’Advocacia
Catalana,
Abel
Pié,
y el
conseller
de
Justícia,
Germà
Gordó,
es
determinar
las
circunstancias
y
los
requisitos
necesarios
para
acogerse
a
este
nuevo
servicio
del
Turno
de
Oficio,
así
como
las
situaciones
que
serán
objeto
de
protección.
Entre
estas
destacan
la
denuncia
de
delitos
cometidos
por
abandono,
lesiones,
vejaciones,
estafas,
apropiaciones
indebidas
o
amenazas
en
el
ámbito
familiar,
personal
o
institucional.
También
será
objeto
de
denuncia
el
no
cumplimiento
de
los
deberes
legales
de
asistencia
de
la
tutela,
el
abandono
de
una
persona
declarada
incapaz
o la
no
prestación
de
auxilio
a
una
persona
mayor
que
se
encuentre
desvalida.
Las
reclamaciones
judiciales
contra
resoluciones
administrativas
referentes
al
reconocimiento
del
grado
de
dependencia
también
serán
derivadas
a
este
nuevo
servicio,
cuando
se
detecte
situación
de
vulnerabilidad.
Se
entiende
como
situación
de
vulnerabilidad
el
estado
en
que
se
encuentran
las
personas
que,
por
razones
relacionadas
con
la
falta
de
autonomía
física,
psíquica
o
intelectual,
tienen
necesidad
de
asistencia
para
realizar
las
actividades
básicas
de
la
vida
diaria.
También
aquellas
personas
que,
por
el
padecimiento
de
una
enfermedad,
no
pueden
gobernar
sus
bienes
por
sí
mismas.
La
situaciones
de
vulnerabilidad
deberán
estar
acreditadas
por
los
correspondientes
informes
médicos
o de
reconocimiento
de
grado
de
dependencia,
y
será
necesario
acreditar
la
falta
de
recursos
para
disfrutar
del
derecho
de
la
asistencia
jurídica
gratuita.
Corresponderá
al
Servicio
de
Orientación
Jurídica
(SOJ)
de
cada
uno
de
los
catorce
Colegios
de
Abogados
de
Catalunya
derivar
a
este
nuevo
turno
de
oficio
las
peticiones
que
les
lleguen
por
parte
de
personas
mayores
vulnerables.
Las
juntas
de
gobierno
de
cada
colegio
regularán
y
organizarán
este
servicio
procurando
garantizar
la
especialización
de
la
defensa
letrada
en
los
diferentes
asuntos.
Una
vez
firmado
este
protocolo,
todo
los
Colegios
de
Abogados
que
lo
deseen
podrán
iniciar
la
puesta
en
marcha
de
este
nuevo
turno
de
Oficio
específico,
ha
explicado
el
presidente
del
Consell
de
l’Advocacia
Catalana,
Abel
Pié,
que
calcula
que
antes
de
este
verano
ya
podrá
estar
en
funcionamiento
en
muchos
de
los
Colegios
catalanes. |