Mi abuelo solía decir, que las cosas hay que hacerlas bien, puesto que al fin y
al cabo, haciéndolas bien, pueden salir mal, conque haciéndolas mal.
Mi abuelo, como no podía ser de otra forma, además de ser abuelo, era
carpintero, camarero, botones, barman, taxista, cazador y…. autónomo.
Mi abuelo, sin tener ni idea de leyes, nunca hubiera sido tan torpe, como ha
sido el gobierno del PP y como anteriormente lo fue el del PSOE, a la hora de
legislar para los Autónomos.
Así, si decepcionante e incompleto, fue a todas luces el Estatuto del Trabajador
Autónomo, Ley 20/2007 de 11 de julio. No menos decepcionante y chapucera, fue la
Ley de apoyo al Emprendedor y su Internacionalización, Ley 14/2013 de 27 de
septiembre. Risa da, cuando no ganas de llorar, el recordar a figuras tan
curiosas, desconocidas, fracasadas y poco utilizadas, como aquel Emprendedor de
Responsabilidad Limitada, La Sociedad Limitada de Formación Sucesiva o el
Criterio de Caja en el I.V.A.
Pero el legislador, no contento con estas normas y como si fuera una
reminiscencia de ellas, recientemente, ha publicado el Real Decreto-Ley 1/2015,
de 27 de febrero. Real Decreto-Ley, al que sin descaro ni pudor, le denomina
como: de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras
medidas de orden social.
Se dice al aprobar el mismo, que se pretende dotar a los autónomos y pequeños
empresarios, de un mecanismo de ayuda, con el que podrían liquidar sus bienes en
dación de pago, para poder saldar una parte de sus deudas, aplicando quitas al
resto de las mismas. Lo que dicho de esta manera, puede parecer que tiene una
pinta estupenda. Pero, como ya se temía mi abuelo y como todos los autónomos
saben, una norma encaminada a ellos, suele venir con postre.
En esta ocasión, el sabor del mismo es bastante amargo. Puesto que limita el
mencionado mecanismo a las deudas privadas. Esto es, no es aplicable a las
deudas que tuvieren con Hacienda o con la Seguridad Social; capítulo este que
suele ser con diferencia, el más abundante, en cuanto a deudas si la cosa se
pone mal.
Con lo que vemos aquí, una versión inversa y mejorada de lo que se llamaba tirar
con pólvora del Rey, esto es:
-
Yo gobierno y como no
se hacerlo de otra manera, legislo por Real Decreto. Real Decreto en el que te
digo a ti, que eres autónomo y que estás penando porque tu empresa se ha ido “al
carajo”, que puedes liquidas tus bienes y dejar de pagar el resto: al del
local, al de la luz o al que te vendía las mercaderías, me da igual a quien sea.
Pero a mí que soy la Administración me pagas, hasta el último céntimo, que si tu
segunda oportunidad, pasa porque no me pagas a mí, te quedas sin ella, como
“Dios pintó a Perico”.
Mi abuelo, me decía siempre, que no hiciera tratos con la Administración. Al fin
y al cabo, es quien puede cambiar las normas a su antojo, para que le
favorezcan. Claro que lo mismo decía de la Banca. Igual estaba confundido,
aunque a decir verdad, jamás le vi equivocarse, por algo era mi abuelo.
Que la fuerza os acompañe. |