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02 de MARZO de 2015

El Legal Interim Management: una herramienta del Derecho Preventivo

LAWYERPRESS

Por Sandra Larios. Abogada. Barcelona. Directora Jurídica IMB GRUP

 

Sandra Larios. Abogada. Barcelona. Directora Jurídica IMB GRUPA menudo cuando despojamos un pleito de sus elementos no esenciales emerge el derecho en estado puro, dando sentido a años de estudio y sacrificio.

Cuando encuentras la vía de defensa en un asunto litigioso, preparas el pleito, te pones la toga, entras en sala y lo vendes, con independencia de que te lo compren o no, se alcanza un estado de euforia jurídica difícil de igualar en la profesión. Si encima te lo compran, el negocio habrá salido redondo.

Sin duda, los abogados ejercientes necesitamos ese contacto con la toga y la sala.

Pero cuando un abogado se especializa en el sector empresarial, su campo de visión y análisis se amplía. En mi caso, en los últimos tiempos, me vienen asaltando dos dudas:

1.- ¿Es la dirección jurídica de un pleito lo que realmente necesita un cliente?

2.- ¿Es un pleito lo que realmente necesita un abogado especializado en el sector empresarial?

Evidentemente, en ocasiones, no queda otra que litigar y es nuestra responsabilidad defender en juicio los intereses de nuestro cliente de la mejor manera posible y, de paso, aprovechar esa circunstancia para disfrutar del trayecto.

Ahora bien, en muchas ocasiones nos encontramos con expedientes judiciales encima de la mesa que sabemos que podrían haberse evitado con un asesoramiento preventivo adecuado. En esos casos, el abogado tiene dos opciones: llevar el pleito sin más, sabiendo que muy probablemente le vendrán otros similares en corto espacio de tiempo por la mala gestión interna del cliente, o bien aprovechar la situación para formar y asesorar al cliente evitándole así pleitos futuros. Es la disyuntiva entre pleitear y prevenir.

La experiencia me dice que los pleitos que tengan que venir vendrán, pero muchos de ellos son evitables con una adecuada actuación preventiva.

Soy de la opinión que es nuestra responsabilidad fomentar el derecho preventivo. Los abogados que, por nuestra especialidad, tenemos un contacto constante y continuo con el cliente debemos ser también asesores y no sólo litigantes. Nuestro conocimiento de la legislación vigente, nuestra  experiencia y el conocimiento de la empresa nos facultan para ofrecer al cliente un asesoramiento preventivo que le evite o, al menos, le minimice problemas de futuro. Se trata de anticiparnos al problema y litigar sólo cuando sea realmente necesario.

Pero en ocasiones ocurre que el abogado externo sólo tiene una visión parcial del negocio y del funcionamiento interno de la organización de su cliente. Intuye los desajustes, la desorganización, la ineficacia de los procedimientos y la falta de implicación, de formación o de motivación de los recursos internos de la empresa. Pero es sólo eso, una intuición basada en años de experiencia.

Es sólo cuando el abogado es autorizado para entrar y analizar “in situ” y de forma objetiva el funcionamiento de una empresa cuando puede realmente aportar valor a la organización.

De ahí que me atreva a apuntar que una de las más eficaces formas de practicar el derecho preventivo es a través del Legal Interim Management.

El Derecho preventivo en el mundo empresarial consiste en asistir y asesorar legalmente al cliente, con anticipación, en los diversos ámbitos de la empresa, mostrando la forma correcta de proceder conforme a lo establecido en la Ley, orientando asimismo al cliente para una correcta actuación futura. Por su parte, el Legal Interim Management implica la asignación temporal de un ejecutivo, en este caso abogado, con experiencia y capacidad para gestionar temporalmente un proyecto, un período de transición interno, una crisis, un crecimiento rápido o cambio en una organización.

Cuando el abogado ejerciente, que ha trabajado de forma autónoma analizando los pros y los contras de un asunto, sus riesgos y posibilidades de éxito, se introduce en una organización empresarial a través de la figura del Legal Interim Management trabajará allí de igual manera. Se responsabilizará de los asuntos de forma autónoma y rápida, identificando lo esencial y aportando pragmatismo, velocidad, experiencia, objetividad, responsabilidad, eficacia y compromiso, sin que constituya una amenaza para el equipo de gestión permanente, al ser una posición interina y temporal.

Cuando ese abogado asuma facultades de dirección y, de forma urgente, se introduzca en las entrañas de una organización con autoridad y credibilidad para analizar asuntos, procesos y procedimientos, el asesoramiento preventivo emergerá de forma automática. La orientación adecuada al empresario y la mejora de deficiencias de su empresa ayudará a minimizar, sin duda, la existencia de pleitos futuros.

Es cierto que en nuestro país existe una falta de cultura del derecho preventivo, pero la legislación se va orientando cada vez más hacia figuras que velen por el cumplimiento normativo en la sede de la empresa. La figura del Legal Interim Management puede aportar, y mucho, a esa cultura preventiva.

En mi opinión, en ese entorno preventivo lo abogados no perdemos. Más bien al contrario, ganamos. Sabemos que un pleito es costoso a todos los niveles y la incertidumbre del resultado no agrada a nadie. El cliente valorará nuestra implicación y nuestra ayuda para mejorar la organización de su empresa.

Y es que el derecho preventivo ayuda a fidelizar clientes. Y no olvidemos que los abogados vivimos de nuestros clientes, no de sus pleitos.

 

 

 

 
 
 

 

 
 
 
 
 
 
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