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28 de FEBRERO de 2015
Justicia deroga las tasas judiciales para personas físicas al mejorar la economía de nuestro país y las mantiene para pymes

LAWYERPRESS / @LuisjaSanchez

Recauda  564,4 millones de euros hasta noviembre del 2014 de los que 126,3 corresponden a las citadas personas físicas

Lo anunciaba el Ministro Catalá en Consejo de Ministros este viernes cuando eran las 13.40 horas del mediodía. Las tasas judiciales para personas físicas quedan derogadas con efecto real  tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Atrás quedan más de dos años de lucha, especialmente de la abogacía, tanto a nivel institucional como los propios abogados de a pie, organizados desde las redes sociales. Desde el propio Ministerio se nos informa que hasta noviembre del 2014 se habían recaudado 564,4 millones de euros de los que 126,3 millones corresponden a las propias personas físicas. Curiosamente pese al denodado empeño de muchos sectores por tumbar las tasas judiciales, el propio Ministro Catalá comentaba que era complicado ligar el descenso de litigiosidad a las tasas y que había sido la mejora de la situación económica la que ha llegado a esta derogación. De esta forma personas físicas, autónomos se verán beneficiados de esta medida mientras que las pymes por el momento seguirán con este régimen. Justicia creará un grupo de trabajo mixto con la CEOE para abordar la cuestión de los impagos en las ejecuciones de sentencia, un asunto que preocupa mucho a los empresarios.

LuisjaSánchez/Lawyerpress

 Cinco meses después de su llegada al Ministerio de Justicia, el Ministro Catalá, tras haber examinado los  informes del CGPJ y a de la  AEAT, documentos que según desde Justicia no han sido determinantes,, en un viernes cuajado de reformas legislativas, anunciaba la derogación de las tasas para las personas físicas en la rueda de prensa de este Consejo de Ministros último celebrado.  Atrás han quedado tres años de reivindicaciones de la abogacía tanto a nivel institucional como de los propios abogados de a pie por una medida que según este colectivo como muchos operadores jurídicos suponía una  barrera de acceso a la justicia. Sin embargo,  pese a lo que se pudiera pesar y escuchadas  las propias declaraciones del Ministro efectuadas a los periodistas, no ha sido tanto el que se pudiera cotejar que haya sido  un obstáculo para el acceso a la justicia de los ciudadanos o afectase a su derecho a la defensa, como por la mejora del clima económico del país que permite retrotraer este ingreso.

Catalá deroga las tasas judiciales para las personas físicas cuando desde el propio Ministerio de Justicia se señala que se ha alcanzado una recaudación de 564,4 millones de euros hasta noviembre del 2014 en este tributo, de los que 126,3 millones corresponde a las citadas personas físicas.  Según él, el  momento actual permite eliminar este ingreso que tampoco suponía una partida importante para el erario público. Esta noticia ya ha provocado las primeras reacciones en CGAE, Consell de la Abogacía Catalana,  ICAB o ICAM quien en sendos comunicados de prensa señalan la satisfacción por la abolición de este tributo,  para algunos una especie de impuesto revolucionario sin justificación, y reclamando que las personas jurídicas, especialmente las pymes se beneficien de esta medida.  El dinero de las tasas recaudado por la AEAT ha servido como otros impuestos para el fin común de otros tributos, pese a que el anterior Ministro saliente Gallardón insistía en que ese dinero iría a financiar la Justicia Gratuita, tal y como se indica en su artículo 11 de la citada Ley de Tasas.

Desde Justicia se justifica que las tasas se mantengan en las personas jurídicas y puedan afectar a las pymes por algunas razones. Una de ellas señala, según el propio Ministro, que los asuntos o disputas en los que se ven envueltas tienen una cuantía no superior a los 2.000 euros, con lo cual estarían eximidas de las tasas.  Al mismo tiempo, aunque desde luego no puede ser un consuelo para nadie, se indica que las propias empresas pueden utilizar las tasas como gasto deducible fiscalmente en el Impuesto de Sociedades.  A este respecto Catalá comentó que la idea es la de volver al régimen del 2003 y que había hecho una consulta a diferentes organizaciones empresariales sobre este tema. De hecho luego afirmo que se ha constituido un  grupo de trabajo mixto entre Ministerio y CEOE para abordar el difícil tema de las ejecuciones de sentencia, muchas de las cuales generan que haya  cantidades importantes de euros sin cobrar, con el consiguiente perjuicio para las propias empresas de ese impago.

La derogación de las tasas judiciales entrarán en vigor gracias al Real Decreto que se aprueba tras su publicación en el BOE de forma inmediata. Esta Ley de Tasas de 10/2012 que se aprobó el pasado  s 20 de noviembre de 2012, y se modificó, de forma absolutamente insuficiente, el 22 de febrero de 2013 donde se eliminaba su parte variable, pese a lo cual las cantidades que se pedía seguían siendo muy elevadas. Como recordarán nuestros lectores existe un informe del Consejo General del Poder Judicial de fecha 11-06-2013  donde se habla las tasas suponen un obstáculo que impide el acceso a la jurisdicción y, por ello, a la tutela judicial efectiva. Ahora queda por ver que puede pasar  con los recursos que hay pendientes por este mismo tema ante el Tribunal Constitucional: En estos momentos hay cinco  recursos de inconstitucionalidad: el primero  por más de 50 diputados del PSOE; y los otros cuatro por los gobiernos de la Generalitat  de Cataluña;   el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía;  por  el Gobierno de Canarias y  por  la Diputación General de Aragón, amén de  cuestiones de inconstucionalidad como la planteada desde la Audiencia Nacional.

 

 

 

 
 
 

 

 
 
 
 
 
 
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