Lo
anunciaba
el
Ministro
Catalá
en
Consejo
de
Ministros
este
viernes
cuando
eran
las
13.40
horas
del
mediodía.
Las
tasas
judiciales
para
personas
físicas
quedan
derogadas
con
efecto
real
tras
su
publicación
en
el
Boletín
Oficial
del
Estado.
Atrás
quedan
más
de
dos
años
de
lucha,
especialmente
de
la
abogacía,
tanto
a
nivel
institucional
como
los
propios
abogados
de a
pie,
organizados
desde
las
redes
sociales.
Desde
el
propio
Ministerio
se
nos
informa
que
hasta
noviembre
del
2014
se
habían
recaudado
564,4
millones
de
euros
de
los
que
126,3
millones
corresponden
a
las
propias
personas
físicas.
Curiosamente
pese
al
denodado
empeño
de
muchos
sectores
por
tumbar
las
tasas
judiciales,
el
propio
Ministro
Catalá
comentaba
que
era
complicado
ligar
el
descenso
de
litigiosidad
a
las
tasas
y
que
había
sido
la
mejora
de
la
situación
económica
la
que
ha
llegado
a
esta
derogación.
De
esta
forma
personas
físicas,
autónomos
se
verán
beneficiados
de
esta
medida
mientras
que
las
pymes
por
el
momento
seguirán
con
este
régimen.
Justicia
creará
un
grupo
de
trabajo
mixto
con
la
CEOE
para
abordar
la
cuestión
de
los
impagos
en
las
ejecuciones
de
sentencia,
un
asunto
que
preocupa
mucho
a
los
empresarios.
LuisjaSánchez/Lawyerpress
Cinco
meses
después
de
su
llegada
al
Ministerio
de
Justicia,
el
Ministro
Catalá,
tras
haber
examinado
los
informes
del
CGPJ
y a
de
la AEAT,
documentos
que
según
desde
Justicia
no
han
sido
determinantes,,
en
un
viernes
cuajado
de
reformas
legislativas,
anunciaba
la
derogación
de
las
tasas
para
las
personas
físicas
en
la
rueda
de
prensa
de
este
Consejo
de
Ministros
último
celebrado.
Atrás
han
quedado
tres
años
de
reivindicaciones
de
la
abogacía
tanto
a
nivel
institucional
como
de
los
propios
abogados
de a
pie
por
una
medida
que
según
este
colectivo
como
muchos
operadores
jurídicos
suponía
una
barrera
de
acceso
a la
justicia.
Sin
embargo,
pese
a lo
que
se
pudiera
pesar
y
escuchadas
las
propias
declaraciones
del
Ministro
efectuadas
a
los
periodistas,
no
ha
sido
tanto
el
que
se
pudiera
cotejar
que
haya
sido
un
obstáculo
para
el
acceso
a la
justicia
de
los
ciudadanos
o
afectase
a su
derecho
a la
defensa,
como
por
la
mejora
del
clima
económico
del
país
que
permite
retrotraer
este
ingreso.
Catalá
deroga
las
tasas
judiciales
para
las
personas
físicas
cuando
desde
el
propio
Ministerio
de
Justicia
se
señala
que
se
ha
alcanzado
una
recaudación
de
564,4
millones
de
euros
hasta
noviembre
del
2014
en
este
tributo,
de
los
que
126,3
millones
corresponde
a
las
citadas
personas
físicas.
Según
él,
el
momento
actual
permite
eliminar
este
ingreso
que
tampoco
suponía
una
partida
importante
para
el
erario
público.
Esta
noticia
ya
ha
provocado
las
primeras
reacciones
en
CGAE,
Consell
de
la
Abogacía
Catalana,
ICAB
o
ICAM
quien
en
sendos
comunicados
de
prensa
señalan
la
satisfacción
por
la
abolición
de
este
tributo,
para
algunos
una
especie
de
impuesto
revolucionario
sin
justificación,
y
reclamando
que
las
personas
jurídicas,
especialmente
las
pymes
se
beneficien
de
esta
medida.
El
dinero
de
las
tasas
recaudado
por
la
AEAT
ha
servido
como
otros
impuestos
para
el
fin
común
de
otros
tributos,
pese
a
que
el
anterior
Ministro
saliente
Gallardón
insistía
en
que
ese
dinero
iría
a
financiar
la
Justicia
Gratuita,
tal
y
como
se
indica
en
su
artículo
11
de
la
citada
Ley
de
Tasas.
Desde
Justicia
se
justifica
que
las
tasas
se
mantengan
en
las
personas
jurídicas
y
puedan
afectar
a
las
pymes
por
algunas
razones.
Una
de
ellas
señala,
según
el
propio
Ministro,
que
los
asuntos
o
disputas
en
los
que
se
ven
envueltas
tienen
una
cuantía
no
superior
a
los
2.000
euros,
con
lo
cual
estarían
eximidas
de
las
tasas.
Al
mismo
tiempo,
aunque
desde
luego
no
puede
ser
un
consuelo
para
nadie,
se
indica
que
las
propias
empresas
pueden
utilizar
las
tasas
como
gasto
deducible
fiscalmente
en
el
Impuesto
de
Sociedades.
A
este
respecto
Catalá
comentó
que
la
idea
es
la
de
volver
al
régimen
del
2003
y
que
había
hecho
una
consulta
a
diferentes
organizaciones
empresariales
sobre
este
tema.
De
hecho
luego
afirmo
que
se
ha
constituido
un
grupo
de
trabajo
mixto
entre
Ministerio
y
CEOE
para
abordar
el
difícil
tema
de
las
ejecuciones
de
sentencia,
muchas
de
las
cuales
generan
que
haya
cantidades
importantes
de
euros
sin
cobrar,
con
el
consiguiente
perjuicio
para
las
propias
empresas
de
ese
impago.
La
derogación
de
las
tasas
judiciales
entrarán
en
vigor
gracias
al
Real
Decreto
que
se
aprueba
tras
su
publicación
en
el
BOE
de
forma
inmediata.
Esta
Ley
de
Tasas
de
10/2012
que
se
aprobó
el
pasado
s 20
de
noviembre
de
2012,
y se
modificó,
de
forma
absolutamente
insuficiente,
el
22
de
febrero
de
2013
donde
se
eliminaba
su
parte
variable,
pese
a lo
cual
las
cantidades
que
se
pedía
seguían
siendo
muy
elevadas.
Como
recordarán
nuestros
lectores
existe
un
informe
del
Consejo
General
del
Poder
Judicial
de
fecha
11-06-2013
donde
se
habla
las
tasas
suponen
un
obstáculo
que
impide
el
acceso
a la
jurisdicción
y,
por
ello,
a la
tutela
judicial
efectiva.
Ahora
queda
por
ver
que
puede
pasar
con
los
recursos
que
hay
pendientes
por
este
mismo
tema
ante
el
Tribunal
Constitucional:
En
estos
momentos
hay
cinco
recursos
de
inconstitucionalidad:
el
primero
por
más
de
50
diputados
del
PSOE;
y
los
otros
cuatro
por
los
gobiernos
de
la
Generalitat
de
Cataluña;
el
Consejo
de
Gobierno
de
la
Junta
de
Andalucía;
por
el
Gobierno
de
Canarias
y
por
la
Diputación
General
de
Aragón,
amén
de
cuestiones
de
inconstucionalidad
como
la
planteada
desde
la
Audiencia
Nacional. |