Como
bien
conocen
nuestros
lectores,
el
pasado
verano
la
firma
Crowe
Horwath
decidió
hacer
una
notable
apuesta
jurídica
en
su
oficina
de
Madrid
con
el
fichaje
de
una
veintena
de
profesionales
de
reconocido
prestigio.
Con
esta
entrevista
que
realizamos
a
Miguel
Angel
Serrano
y a
Seguimundo
Navarro,
codirectores
y
socios
del
área
de
procesal
y
arbitraje
de
este
despacho,
queremos
profundizar
en
esta
práctica
extrajudicial
en
un
momento
en
el
que
los
juzgados
están
colapsados
y la
mediación
aún
es
algo
en
ciernes.
“Nuestra
intención
es
estar
en
la
Primera
División
de
la
práctica.
El
despacho
fomenta
esta
práctica
y
está
interesado
en
mejorar
su
posicionamiento
a
nivel
de
arbitraje
comercial
o de
inversión”
comenta
Miguel Angel.
“El
arbitraje
ya
es
una
realidad
y es
imparable
en
muchos
ámbitos
especialmente
en
el
comercio
internacional.
Es
posible
que
falte
cultura
arbitral
en
nuestro
país
y
una
verdadera
promoción
de
su
uso
como
método
complementario
de
resolución
de
conflictos”,
apunta
Seguimundo.
Con
ellos
hemos
hablado
en
profundidad
del
momento
del
arbitraje
en
nuestro
entorno.
Una
práctica
que
puede
verse
amenaza
con
la
proliferación
de
segundas
instancias
en
entidades
arbitrales
o
del
ejercicio
de
anulaciones
de
laudo
de
forma
injustificada,
solo
por
el
deseo
de
apelar
“
hay
que
evitar
que
la
acción
de
anulación
del
laudo
se
convierta
en
una
segunda
instancia
arbitral”,
comentan.
En
primera
persona
Miguel
Angel
Serrano:
A lo
largo
de
toda
mi
trayectoria
profesional
siempre
he
estado
vinculado
al
mundo
del
arbitraje
y
derecho
profesional
en
estos
primeros
veinticuatro
años
de
trayectoria.
Primero
en
Garrigues
durante
diecinueve
años,
los
últimos
seis
como
socio
en
arbitraje
y
procesal.
Posteriormente
me
incorporé
a la
firma
Cremades
&
Calvo
Sotelo,
en
calidad
de
socio
del
área
de
procesal
y
arbitraje
donde
he
estado
casi
cuatro
años
en
ese
cometido.
Mi
vinculación
al
arbitraje
ha
sido
siempre
muy
cercana.
En
Garrigues
tuve
la
oportunidad
de
participar,
nada
más
llegar,
en
un
arbitraje
CCI,
una
gran
experiencia
en
todos
los
sentidos.
Aquel
primer
arbitraje
hizo
que
me
enganchase
a
esa
práctica,
de
ahí
que
siguiera
metido
en
esa
práctica
a
nivel
nacional
o
internacional.
En
estos
veinticuatro
años
he
intervenido
en
numerosos
procedimientos
arbitrales,
tanto
como
abogado
de
parte
o
árbitro.
Como
árbitro
estoy
en
las
principales
cortes
arbitrales
a
nivel
nacional.
Mi
incorporación
este
verano
último
al
proyecto
de
Crowe
Horwath
por
ser
una
iniciativa
atractiva
y
atrayente.
Combina
la
abogacía
nacional
con
la
internacional.
Es
una
gran
suerte
que
la
firma
disponga
de
despachos
en
más
de
122
países
permite
acompañar
a
tus
clientes
en
muchas
jurisdicciones.
Los
negocios
internacionales
reclaman
el
arbitraje
como
solución.
Además
hay
grandes
profesionales
que
se
han
incorporado
al
proyecto.
Seguimundo
Navarro: Agradezco a Miguel Angel que
quisiera
contar
conmigo
para
este
proyecto
de
Crowe
Horwath
y
que
conociera
a
Javier
González
Calvo
el
socio
director
en
la
capital
de
España.
Al
conocer
el
proyecto
en
el
que
estaban
inmersos
decidí
también
incorporarme
al
mismo.
Llegamos
a un
acuerdo
rápido
para
venir
a
este
despacho.
En
Crowe
Howarth
se
une
lo
que
es
el
despacho
de
autor,
o lo
que
se
conoce
como
tal,
a
una
estructura
internacional
con
corresponsalías
fijas
con
una
cierta
calidad
de
servicio
en
diferentes
jurisdicciones.
Ahora
estamos
conociendo
a
nuestros
socios
internacionales.
Reconozco
que
entré
en
el
mundo
del
arbitraje
de
rebote.
Empecé
a
ejercer
la
abogacía
en
Madrid
en
el
2002,
tras
una
experiencia
en
el
extranjero.
Soy
el
caso
más
atípico
de
mis
compañeros
de
ICADE.
Ninguno
ha
ejercido
como
yo
lo
he
hecho
a
nivel
individual.
Siempre
he
diferenciado
lo
que
es
un
gran
despacho
que
un
despacho
grande.
En
una
de
mis
primeras
colaboraciones
con
despachos
tuve
la
oportunidad
de
participar
en
tres
arbitrajes,
uno
CCI;
otro
adhoc
y un
tercero
administrado
por
otra
institución
en
Madrid.
Me
llamó
la
atención
que
en
el
arbitraje
se
ordenan
todas
las
fases
del
procedimiento.
Es
en
el
2011
cuando
me
involucro
mas
en
el
arbitraje.
Realizó
dos
cursos,
uno
en
el
Instituto
de
Empresa
y
otro
por
la
Swisse
Arbitration
Academy
ubicada
en
Suiza.
Gracias
a
AEADE
he
tenido
la
fortuna
de
adquirir
la
experiencia
en
procedimientos
arbitrales.
Ahora
he
sido
elegido
como
uno
de
los
coordinadores
del
C-40,
grupo
de
trabajo
del
Club
Español
del
Arbitraje
¿Cuál
es
la
apuesta
de
Crowe
Horwath
en
el
mundo
del
arbitraje
con
sus
incorporaciones?
Miguel
Angel
Serrano:
Nuestra intención es
estar
en
la
Primera
División
de
la
práctica.
El
despacho
fomenta
esta
práctica
y
está
interesado
en
mejorar
su
posicionamiento
a
nivel
de
arbitraje
comercial
o de
inversión.
Sabemos
que
la
faceta
nacional
e
internacional
de
la
firma
nos
va a
ayudar
a
posicionarnos
mejor
a
medio
plazo,
tanto
como
abogados
de
parte
como
árbitros
de
diferentes
asuntos.
Seguimundo
Navarro:
Somos conscientes que la frase
tan
manida
que
un
arbitraje
vale
lo
que
vale
sus
árbitros
es
cierta.
Que
las
partes
cuenten
contigo
en
un
arbitraje
adhoc
o
institucional
suele
tener
relación
con
tu
prestigio
y
profesionalidad
como
árbitro.
Se
trata
de
ofrecer
calidad
de
servicio
en
todo
lo
que
hagas.
M.A. Serrano: “El tiempo es un elemento que las partes consideran cuando van al arbitraje, al igual que contar con un fallo de calidad dictado por un experto en la materia” |
Abogado
y
árbitro
de
parte:
¿dos
caras
de
una
misma
moneda?
M.A.S.:
Son
dos
actividades
complementarias
en
la
actividad
de
un
profesional.
Tu
intervención
como
árbitro
te
ayuda
bastante
el
conocer
tu
labor
como
abogado
de
parte
en
todo
el
procedimiento.
Se
trata
sobre
todo
que
el
profesional
que
ejerza
cualquier
de
estos
dos
roles
respete
la
objetividad
e
independencia.
Si
el
árbitro
tiene
alguna
relación
con
alguna
de
las
partes
tendrá
que
comunicarlo
a
ellas
y
abstenerse
de
juzgar
el
asunto.
Eso
evitará
cualquier
recelo
ante
la
institución
arbitral.
S.N.:
En
este
debate
a
veces
sucede
que
el
buen
abogado
no
quiere
ser
árbitro.
En
algunas
ocasiones
la
labor
del
abogado
es
más
satisfactoria
y
sencilla
que
la
del
árbitro.
No
tiene
que
analizar
todos
los
puntos
de
vista
del
asunto.
Solo
debe
canalizar
el
punto
de
vista
de
su
propio
cliente.
Por
su
parte,
el
árbitro
debe
abstraerse
de
las
posiciones
de
las
partes
y
ver
el
arbitraje
desde
una
óptica
diferentes
para
tomar
la
decisión
adecuada
en
el
asunto.
Esa
decisión
debe
justificar
haber
acudido
al
arbitraje
por
su
profundidad
y
fundamentos
técnicos
del
propio
laudo.
En
los
últimos
cinco
años,
la
mayor
parte
de
las
Cortes
Arbitrales
han
modificado
sus
Reglamentos
y
limitado
el
poder
de
los
árbitros,
ahora
más
controlados.
M.A.S.:
El
usuario
del
arbitraje
demanda
calidad
en
los
procedimientos
arbitrales
y
árbitros
expertos
en
la
materia
de
la
que
es
objeto
el
procedimiento.
Muchas
empresas
buscan
un
procedimiento
que
resuelva
los
conflictos
en
un
plazo
razonable,
en
un
contexto
confidencial
con
un
fallo
de
calidad
que
a
veces
las
sentencias
judiciales
no
tienen.
En
este
contexto
el
árbitro
es
clave
como
experto
en
la
materia.
S.N.:
Es
posible
que
al
árbitro
se
le
exija
más
que
antes.
Esta
es
una
cuestión
de
honradez
y de
dignidad
personal.
Si
trabajas
buscando
la
excelencia
te
tiene
que
dar
igual
el
control
externo
que
hagan
de
su
trabajo.
Y
este
trabajo
te
tiene
que
llegar
a un
resultado
excelente
a
medio
plazo
que
es
lo
que
buscan
las
partes
cuando
acuden
al
arbitraje.
Los
tribunales
de
Justicia
hacen
lo
que
pueden
con
la
carencia
de
medios
que
tienen.
Es
sobre
todo
un
problema
de
sobrecarga
de
trabajo
y no
de
falta
de
calidad
de
nuestros
jueces.
¿Cómo
se
convence
a
una
empresa
en
estos
momentos
de
que
acuda
a
arbitraje?
M.A.S.:
No
ha
variado
el
panorama
en
los
últimos
años
pese
a
que
ahora
los
juzgados
estén
más
colapsados
y se
vea
la
irrupción
de
la
mediación,
aun
muy
en
mantillas.
Todo
depende
de
la
experiencia
que
hayas
tenido.
Si
ha
sido
mala,
no
vuelves
al
arbitraje,
eso
es
así.
Siempre
esperas
que
el
árbitro
sea
un
profesional
experto
y
haga
laudos
motivados
donde
aclara
el
porqué
de
ese
fallo.
SI
eso
no
es
así,
las
empresas
no
confiarán
en
el
arbitraje.
Sobre
la
mediación,
decir
que
es
un
fenómeno
nuevo
del
que
no
sabemos
su
repercusión.
Es
evidente
que
el
desarrollo
de
las
cláusulas
escaladas,
primero
buscan
la
mediación
y
luego
si
fracasa
la
intentona
acaban
en
arbitraje,
es
una
figura
interesante.
Desde
esta
perspectiva
es
complementaria
al
propio
procedimiento
arbitral.
Hablamos
de
un
proceso
confidencial
que
ayuda
a
que
las
relaciones
entre
dos
empresas
no
se
enquisten
en
el
futuro
y
sigan
haciendo
negocio.
S.N.:
El
momento
del
arbitraje
vino
ya
con
la
reforma
del
2011.
Ya
es
una
realidad
y es
imparable
en
muchos
ámbitos
especialmente
en
el
comercio
internacional.
Es
posible
que
falte
cultura
arbitral
en
nuestro
país
y
una
verdadera
promoción
de
su
uso
como
método
complementario
de
resolución
de
conflictos.
Curiosamente
por
la
transposición
de
una
Directiva
europea
la
mediación
ha
desembarcado
en
nuestro
país.
Todavía
está
por
ver
cuál
será
su
futuro
y
repercusión
en
general.
Tener
muchos
años
un
pleito
vivo
es
algo
que
las
empresas
no
pueden
permitirse.
A la
justicia
ordinaria
le
viene
bien
el
arbitraje
para
descargar
de
asuntos
los
tribunales
de
justicia
y el
arbitraje
saber
que
no
puede
llegar
a
todos
los
ámbitos.
Hay
materias
que
son
exclusiva
de
la
jurisdicción
ordinaria
con
lo
cual
es
necesaria
esta
complementariedad.
Desde
fuera,
da
la
sensación
que
la
gran
ventaja
del
arbitraje
es
el
tiempo
físico.
S. Navarro: “A la justicia ordinaria le viene bien el arbitraje para descargar de asuntos los tribunales de justicia y el arbitraje saber que no puede llegar a todos los ámbitos” |
M.A.S.:
Es
posible
que
sea
un
valor
a
tener
en
cuenta
pero
no
es
el
único.
Otros
elementos
como
el
tener
un
fallo
en
forma
de
laudo
con
la
calidad
de
un
experto
conocedor
del
tema
hay
que
tener
en
cuenta.
Hay
materias
que
requieren
tanta
especialización
que
el
asunto
queda
fuera
de
los
tribunales
de
justicia
sobre
todo
en
primera
instancia.
Es
una
buena
idea
la
puesta
en
marcha
del
Tribunal
Arbitral
de
Cataluña
que
impulsado
por
el
TAB
que
dirige
Jesús
de
Alfonso
pretende
unificar
las
cortes
arbitrales
existentes.
La
proliferación
de
tantas
cortes
arbitrales
en
nuestro
país
no
es
bueno
para
nadie.
S.N.:
Cualquier
empresa
que
tenga
negocios
internacionales
generalmente
apostará
por
el
arbitraje
como
método
de
resolución
de
conflictos
en
esas
controversias.
Que
ya
lo
haga
en
España
es
cuestión
de
otros
factores.
No
nos
ayuda
tener
multiples
cortes
arbitrales
cada
una
con
un
Reglamento
distinto.
Cada
Reglamento
intenta
diferenciarse
de
los
demás
con
algunas
cuestiones
esenciales.
No
es
fácil
decantarse
por
una
Corte
Española
de
las
muchas
que
hay
para
un
inversor
extranjero.
Habría
que
hacer
un
esfuerzo
y
buscar
un
Reglamento
único
como
hicieron
en
Suiza
hace
unos
años.
Otros
colegas
suyos
se
quejan
amargamente
de
la
falta
de
unificación
en
los
jueces
cuando
anulan
los
laudos
judiciales.
¿Están
de
acuerdo
con
esta
crítica?
S.N.:
Con
la
última
modificación
legislativa
del
2011
las
competencias
de
anulación
del
laudo
pasaron
de
las
Audiencias
Provinciales
a
los
Tribunales
Superiores
de
Justicia.
No
creo
justificada
esas
críticas.
Más
bien
da
la
sensación
que
cada
uno
ve
la
feria
en
función
de
sus
intereses
tanto
a
nivel
del
laudo
y su
concepción
como
en
el
concepto
de
anulación.
Todavía
se
presentan
anulaciones
del
laudo
porque
no
estás
de
acuerdo
con
el
fallo
y en
la
mayor
parte
de
los
casos
el
TSJ
correspondiente
confirma
ese
fallo.
La
acción
de
anulación
del
laudo
no
debe
ser
una
segunda
instancia
arbitral.
Nuestros
tribunales
de
justicia
solo
pueden
hacer
una
revisión
formal
de
los
elementos
del
laudo.
En
sus
fallos
recuerdan
que
el
mayor
o
menor
acierto
del
laudo
no
es
revisable
por
la
jurisdicción
ordinaria.
M.A.S.:
En
mi
opinión
el
fenómeno
es
reciente.
Esta
atribución
de
las
competencias
a
los
TSJ
que
data
de
hace
unos
cuatro
años
es
posible
que
tenga
una
ligera
discordancia
con
el
papel
que
realizaban
las
Audiencias
Provinciales.
Y es
que
las
propias
Audiencias
habían
sentado
una
cierta
jurisprudencia
estableciendo
las
reglas
de
juego
en
cuanto
a
nulidad
de
los
laudos.
Ahora
nos
encontramos
con
que
en
muchos
casos
los
TSJ
corroboran
el
trabajo
de
las
Audiencias
Provinciales
y en
otros
se
han
producido
discrepancias
y un
giro
de
180
grados
en
ese
fallo
final
apartándose
de
ese
criterio
que
ya
estaba
asentado
por
las
propias
Audiencias.
Es
evidente
que
en
algunas
situaciones
esas
discordancias
se
han
magnificado
por
el
hecho
de
que
una
de
las
partes
ha
visto
que
no
ha
sido
favorecida
en
el
desenlace
final.
No
podemos
trasponer
en
el
arbitraje
un
sistema
judicial
en
paralelo.
Que
diferentes
Cortes
Arbitrales
hayan
incluido
una
segunda
instancia
no
es
una
buena
noticia
para
el
procedimiento
arbitral.
|