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23 de FEBRERO de 2015

Miguel Angel Serrano y Seguimundo Navarro, codirectores y socios del área procesal y arbitraje de Crowe Horwath en Madrid:
“La acción de anulación del laudo no debe convertirse en una segunda instancia arbitral”

LAWYERPRESS emprende / @LuisjaSanchez

Como bien conocen nuestros lectores, el pasado verano la firma Crowe Horwath decidió hacer una notable apuesta jurídica en su oficina de Madrid con el fichaje de una veintena de profesionales de reconocido prestigio. Con esta entrevista que realizamos a Miguel Angel Serrano y a Seguimundo Navarro, codirectores y socios  del área de procesal y arbitraje de este despacho, queremos profundizar en esta práctica extrajudicial en un momento en el que los juzgados están colapsados y la mediación aún es algo en ciernes. “Nuestra intención es estar en la Primera División de la práctica.  El despacho fomenta esta práctica y está interesado en mejorar su posicionamiento a nivel de arbitraje comercial o de inversión” comenta Miguel Angel. “El arbitraje ya es una realidad y es imparable en muchos ámbitos especialmente en el comercio internacional. Es posible que falte cultura arbitral en nuestro país y una verdadera promoción de su uso como método complementario de resolución de conflictos”, apunta Seguimundo. Con ellos hemos hablado en profundidad del momento del arbitraje en nuestro entorno. Una práctica que puede verse amenaza con la proliferación de segundas instancias en entidades arbitrales o del ejercicio de anulaciones de laudo de forma injustificada, solo por el deseo de apelar “ hay que evitar que la acción de anulación del laudo se convierta en una segunda instancia arbitral”, comentan.

En primera persona

Miguel Angel Serrano: A lo largo de toda mi trayectoria profesional siempre he estado vinculado al mundo del arbitraje y derecho profesional en estos primeros veinticuatro años de trayectoria. Primero en Garrigues durante diecinueve años, los últimos seis como socio en arbitraje y procesal.

Posteriormente me incorporé a la firma Cremades & Calvo Sotelo, en calidad de socio del área de procesal y arbitraje donde he estado casi cuatro años en ese cometido. Mi vinculación al arbitraje ha sido siempre muy cercana. En Garrigues tuve la oportunidad de participar, nada más llegar, en un arbitraje CCI, una gran experiencia en todos los sentidos.

Aquel primer arbitraje hizo que me enganchase a esa práctica, de ahí que siguiera metido en esa práctica a nivel nacional o internacional. En estos veinticuatro años he intervenido en numerosos procedimientos arbitrales, tanto como abogado de parte o árbitro. Como árbitro estoy en las principales cortes arbitrales a nivel nacional.

Mi incorporación este verano último al proyecto de Crowe Horwath por ser una iniciativa atractiva y atrayente. Combina la abogacía nacional con la internacional. Es una gran suerte que la firma disponga de despachos en más de 122 países permite acompañar a tus clientes en muchas jurisdicciones. Los negocios internacionales reclaman el arbitraje como solución. Además hay grandes profesionales que se han incorporado al proyecto.

Seguimundo Navarro: Agradezco a Miguel Angel que quisiera contar conmigo para este proyecto de Crowe Horwath y que conociera a Javier González Calvo el socio director en la capital de España. Al conocer el proyecto en el que estaban inmersos decidí también incorporarme al mismo. Llegamos a un acuerdo rápido para venir  a este despacho.

En Crowe Howarth se une lo que es el despacho de autor, o lo que se conoce como tal,  a una estructura internacional con corresponsalías fijas con una cierta calidad de servicio en diferentes jurisdicciones. Ahora estamos conociendo a nuestros socios internacionales.

Reconozco que entré en el mundo del arbitraje de rebote. Empecé a ejercer la abogacía en Madrid en el 2002, tras una experiencia en el extranjero. Soy el caso más atípico de mis compañeros de ICADE. Ninguno ha ejercido como yo lo he hecho a nivel individual. Siempre he diferenciado lo que es un gran despacho que un despacho grande.

En una de mis primeras colaboraciones con despachos tuve la oportunidad de participar en tres arbitrajes, uno CCI; otro adhoc y un tercero administrado por otra institución en Madrid. Me llamó la atención que en el arbitraje se ordenan todas las fases del procedimiento. Es en el 2011 cuando me involucro mas en el arbitraje. Realizó dos cursos, uno en el Instituto de Empresa y otro por la Swisse Arbitration Academy ubicada en Suiza. Gracias a AEADE he tenido la fortuna de adquirir la experiencia en procedimientos arbitrales. Ahora he sido elegido como uno de los coordinadores del C-40, grupo de trabajo del Club Español del Arbitraje

 

¿Cuál es la apuesta de Crowe Horwath en el mundo del arbitraje con sus incorporaciones?

Miguel Angel Serrano: Nuestra intención es estar en la Primera División de la práctica.  El despacho fomenta esta práctica y está interesado en mejorar su posicionamiento a nivel de arbitraje comercial o de inversión.  Sabemos que la faceta nacional e internacional de la firma nos va a ayudar a posicionarnos mejor a medio plazo, tanto como abogados de parte como árbitros de diferentes asuntos.

Seguimundo Navarro: Somos conscientes que la frase tan manida que un arbitraje vale lo que vale sus árbitros es cierta.  Que las partes cuenten contigo en un arbitraje adhoc o institucional suele tener relación con tu prestigio y profesionalidad como árbitro.  Se trata de ofrecer calidad de servicio en todo lo que hagas.

M.A. Serrano: “El tiempo es un elemento que las partes consideran cuando van al arbitraje, al igual que contar con un fallo de calidad dictado por un experto en la materia”

Abogado y árbitro de parte: ¿dos caras de una misma moneda?

M.A.S.: Son dos actividades complementarias en la actividad de un profesional. Tu intervención como árbitro te ayuda bastante el conocer tu labor como abogado de parte en todo el procedimiento. Se trata sobre todo que el profesional que ejerza cualquier de estos dos roles respete la objetividad e independencia. Si el árbitro tiene alguna relación con alguna de las partes tendrá que comunicarlo a ellas y abstenerse de juzgar el asunto.  Eso evitará cualquier recelo ante la institución arbitral.

S.N.: En este debate a veces sucede que el buen abogado no quiere ser árbitro.  En algunas ocasiones la labor del abogado es más satisfactoria  y sencilla que la del árbitro. No tiene que analizar todos los puntos de vista del asunto. Solo debe canalizar el punto de vista de su propio cliente. Por su parte, el árbitro debe abstraerse de las posiciones de las partes y ver el arbitraje desde una óptica diferentes para tomar la decisión adecuada en el asunto. Esa decisión debe justificar haber acudido al arbitraje por su profundidad y fundamentos técnicos del propio laudo.

En los últimos cinco años, la mayor parte de las Cortes Arbitrales han modificado sus Reglamentos y limitado el poder de los árbitros, ahora más controlados.

M.A.S.: El usuario del arbitraje demanda calidad en los procedimientos arbitrales y árbitros expertos en la materia de la que es objeto el procedimiento. Muchas empresas buscan un procedimiento que resuelva los conflictos en un plazo razonable, en un contexto confidencial con un fallo de calidad que a veces las sentencias judiciales no tienen.  En este contexto el árbitro es clave como experto en la materia.

S.N.: Es posible que al árbitro se le exija más que antes. Esta es una cuestión de honradez y de dignidad personal. Si trabajas buscando la excelencia te tiene que dar igual el control externo que hagan de su trabajo. Y este trabajo te tiene que llegar a un resultado excelente a medio plazo que es lo que buscan las partes cuando acuden al arbitraje. Los tribunales de Justicia hacen lo que pueden con la carencia de medios que tienen. Es sobre todo un problema de sobrecarga de trabajo y no de falta de calidad de nuestros jueces.

¿Cómo se convence a una empresa en estos momentos de que acuda a arbitraje?

M.A.S.: No ha variado el panorama en los últimos años pese a que ahora los juzgados estén más colapsados y se vea la irrupción de la mediación, aun muy en mantillas.  Todo depende de la experiencia que hayas tenido. Si ha sido mala, no vuelves al arbitraje, eso es así.  Siempre esperas que el árbitro sea un profesional experto y haga laudos motivados donde aclara el porqué de ese fallo. SI eso no es así, las empresas no confiarán en el arbitraje.

Sobre la mediación, decir que es un fenómeno nuevo del que no sabemos su repercusión. Es evidente que el desarrollo de las cláusulas escaladas, primero buscan la mediación y luego si fracasa la intentona acaban en arbitraje, es una figura interesante.  Desde esta perspectiva es complementaria al propio procedimiento arbitral. Hablamos de un proceso confidencial que ayuda a que las relaciones entre dos empresas no se enquisten en el futuro y sigan haciendo negocio.

S.N.: El momento del arbitraje vino ya con la reforma del 2011. Ya es una realidad y es imparable en muchos ámbitos especialmente en el comercio internacional. Es posible que falte cultura arbitral en nuestro país y una verdadera promoción de su uso como método complementario de resolución de conflictos. Curiosamente por la transposición de una Directiva europea la mediación ha desembarcado en nuestro país. Todavía está por ver cuál será su futuro y repercusión en general.  Tener muchos años un pleito vivo es algo que las empresas no pueden permitirse.

A la justicia ordinaria le viene bien el arbitraje para descargar de asuntos los tribunales de justicia y el arbitraje saber que no puede llegar a todos los ámbitos.  Hay materias que son exclusiva de la jurisdicción ordinaria con lo cual es necesaria esta complementariedad.

Desde fuera, da la sensación que la gran ventaja del arbitraje es el tiempo físico.

S. Navarro: “A la justicia ordinaria le viene bien el arbitraje para descargar de asuntos los tribunales de justicia y el arbitraje saber que no puede llegar a todos los ámbitos”

M.A.S.: Es posible que sea un valor a tener en cuenta pero no es el único.  Otros elementos como el tener un fallo en forma de laudo con la calidad de un experto conocedor del tema hay que tener en cuenta.  Hay materias que requieren tanta especialización que el asunto queda fuera de los tribunales de justicia sobre todo en primera instancia.  Es una buena idea la puesta en marcha del Tribunal Arbitral de Cataluña que impulsado por el TAB que dirige Jesús de Alfonso pretende unificar las cortes arbitrales existentes. La proliferación de tantas cortes arbitrales en nuestro país no es bueno para nadie.

S.N.: Cualquier empresa que tenga negocios internacionales generalmente apostará por el arbitraje como método de resolución de conflictos en esas controversias.  Que ya lo haga en España es cuestión de otros factores. No nos ayuda tener multiples cortes arbitrales cada una con un Reglamento distinto. Cada Reglamento intenta diferenciarse de los demás con algunas cuestiones esenciales. No es fácil decantarse por una Corte Española de las muchas que hay para un inversor extranjero. Habría que hacer un esfuerzo y buscar un Reglamento único como hicieron en Suiza hace unos años.

Otros colegas suyos se quejan amargamente de la falta de unificación en los jueces cuando anulan los laudos judiciales. ¿Están de acuerdo con esta crítica?

S.N.: Con la última modificación legislativa del 2011 las competencias de anulación del laudo pasaron de las Audiencias Provinciales a los Tribunales Superiores de Justicia. No creo justificada esas críticas. Más bien da la sensación que cada uno ve la feria en función de sus intereses tanto a nivel del laudo y su concepción como en el concepto de anulación.

Todavía se presentan anulaciones del laudo porque no estás de acuerdo con el fallo y en la mayor parte de los casos el TSJ correspondiente confirma ese fallo. La acción de anulación del laudo no debe ser una segunda instancia arbitral. Nuestros tribunales de justicia solo pueden hacer una revisión formal de los elementos del laudo. En sus fallos recuerdan que el mayor o menor acierto del laudo no es revisable por la jurisdicción ordinaria.

M.A.S.: En mi opinión el fenómeno es reciente. Esta atribución de las competencias a los TSJ que data de hace unos cuatro años es posible que tenga una ligera discordancia con el papel que realizaban las Audiencias Provinciales. Y es que las propias Audiencias habían sentado una cierta jurisprudencia estableciendo las reglas de juego en cuanto a nulidad de los laudos.

Ahora nos encontramos con que en muchos casos los TSJ corroboran el trabajo de las Audiencias Provinciales y en otros se han producido discrepancias y un giro de 180 grados en ese fallo final apartándose de ese criterio que ya estaba asentado por las propias Audiencias. Es evidente que en algunas situaciones esas discordancias se han magnificado por el hecho de que una de las partes ha visto que no ha sido favorecida en el desenlace final.

No podemos trasponer en el arbitraje un sistema judicial en paralelo. Que diferentes Cortes Arbitrales hayan incluido una segunda instancia no es una buena noticia para el procedimiento arbitral.

 

 

 

 
 
 

 

 
 
 
 
 
 
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