MARKETING

COMUNICACIÓN

INTERNET

FORMACIÓN

RRHH

PUBLISHING & EVENTS

Q-LAWYER

DIRECTORIO

Noticias de Despachos

Operaciones

Vida Colegial Comunidad Legal Sistema Judicial Internacional
Arbitraje Mediación TIC Abogados Jóvenes Entrevistas Colaboraciones/Opinión Reportajes Agenda BLOGS LP emprende

 
 
18 de FEBRERO de 2015

Tiempos de sumisión en una democracia descafeinada: Código Penal y Ley de Seguridad Ciudadana

LAWYERPRESS

Por Juan Gonzalo Ospina Serrano, Presidente del AJA Madrid

 

El gobierno ha puesto en marcha un paquete de reformas legislativas que influirán en todos nuestros aspectos de la vida pública. Se están tramitando reformas del Código Penal, la Ley de Seguridad Ciudadana (Ley Mordaza), y Ley de Enjuiciamiento Criminal. Estas tres leyes pueden considerarse los pilares del procedimiento punitivo del Estado español ya que las mismas prevén las penas, pecuniarias o de cárcel, a imponer a aquellos que cometen un acto ilícito.

Lejos de entrar en el debate de la necesidad de estas leyes, libertad vs. seguridad, lo cual es sin duda de controversia parlamentaria, venimos a denunciar una falta clara a que se posibilite de mayor medios de prueba a los ciudadanos para que puedan garantizar su inocencia en un proceso Justo, es decir, que puedan valer su inocencia. Es preocupante observar como todas las reformas legislativas acotan nuestros derechos y Libertades y ninguna introduce mayores mecanismos de defensa. Esta situación de aumento de la capacidad punitiva del Estado sin equilibrio proporcional de la introducción de mayores medios de defensa es el anuncio de una vida social en sumisión.

Analizando cada una de las reformas anunciadas, el Código Penal, elimina el proceso de faltas para o criminalizar ahora tales hechos como delito o para llevarlas al proceso administrativo, en dónde los ciudadanos carecemos de la presunción de inocencia y se nos consideran a todos culpables salvo que consigamos probar lo contrario. La Ley de Seguridad Ciudadana, por su parte impedirá grabar a los policías que actúen en las manifestaciones, lo cual es una manifiesta limitación a que nos podamos valer de todos los medios de prueba para probar en tal caso si fuera necesario que nuestro actuar fue conforme a derecho.

Estas Leyes maquillan y descafeínan nuestra Constitución (CE). Carta Fundamental de nuestro ordenamiento jurídico que con estas leyes sólo deja de tener aplicación material para quedar en papel mojado. El art. 18.3 CE recoge el derecho a la intimidad y el secreto de nuestras comunicaciones, ¿se protegerá nuestra intimidad cuando la misma pueda ser intervenida sin orden judicial?, el art. 20.1 CE recoge nuestro derecho a la Libertad de expresión, ¿será Libertad no poder grabar o difundir imágenes si estas nos pueden valer de medios para defender de nuestra inocencia?, el art. 24.1 CE garantiza el derecho a un proceso justo, ¿es Justo que los ciudadanos no podamos defendernos en igualdad frente a la administración?, en un proceso en dónde gozamos de culpabilidad y la administración goza de presunción de veracidad.

Como juristas, echamos en falta reformas que aporten mayor seguridad jurídica a nuestros ciudadanos, tanto en el fondo como en la forma. Nuestra actual Ley de Enjuiciamiento Criminal, no nos permite valernos de todos los medios de prueba necesarios para defender nuestra inocencia, y esto que provoca que en muchos casos, no podamos reconstruir debidamente los hechos denunciados y por ende que existan inocentes en prisión. Una ley Criminal en dónde el auto de apertura de Juicio Oral es irrecurrible, en dónde el auto de admisión o denegación de prueba es irrecurrible, en dónde las defensas nos jugamos a cara o cruz que el Tribunal enjuiciador nos permita o deniegue la prueba que hemos encontrado a última hora, en el momento antes del inicio del Juicio Oral. Y para que en caso de denegarla, nos encontremos con una manifiesta indefensión y con que sea posible que la presunción de culpabilidad que invade los juicios penales en España para el acusado termine para el mismo con una sentencia condenatoria.

De todas las reformas anunciadas, no encontramos la tan deseada reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, LOPJ, que politiza a nuestros Tribunales y que crea desigualdades intolerables en la Ley a favor del amiguismo y en detrimento de la ceguera de la Justicia. La politización de la Justicia es el cáncer de nuestra sociedad. Es la enfermedad que permite el caldo idóneo para la Corrupción. Es la culpable de que la economía no se recupere ya que no existe la debida seguridad jurídica para el inversor, y sin embargo, es la Ley que el Gobierno no quiere reformar.

Nos adentramos a un marco punitivo en donde cedemos a derechos y libertades en contraposición con una falsa y necesaria seguridad, pero peor aún es que se nos cercenan flagrantemente nuestros derechos de defensa y se limita nuestro derecho a poder valernos en igualdad ante la Justicia. Ninguna de las leyes referidas mejora la fase de instrucción, o mejora la permisibilidad de la prueba para que el acusado pueda valerse de todos los medios oportunos al efecto de probar su inocencia en un juicio justo. Y tampoco ninguna de las reformas anunciadas tan si quiera se atreve a despolitizar o mejorar materialmente nuestros Tribunales. Aquellos que no tienen visión de Estado por la ceguera de su ignorancia, atacan a nuestra democracia y la convierten en su demagogia personal en detrimento del bien social. “No existe peor tiranía que la ejercida a la sombra de las leyes y con apariencias de Justicia”, Montesquieu.

 

 

 

 
 
 

 

 
 
 
 
 
 
Nosotros  /  Nuestro Equipo  / Contacto 

copyright, 2015 - Strong Element, S.L.  -  Peña Sacra 18  -  E-28260 Galapagar - Madrid  -  Spain - 
Tel.: + 34 91 858 75 55  -  Fax: + 34 91 858 56 977
info@lawyerpress.com  -  www.lawyerpress.com - Aviso legal