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JUSTICIA

 
Gómez Bermúdez: “Aprecio aspectos inconstitucionales en la ley de seguridad ciudadana”
MADRID, 19 de DICIEMBRE de 2014 - LAWYERPRESS
 

El juez Gómez Bermúdez ha realizado estas declaraciones durante su participación en   los “Encuentros Digitales” de la UDIMA (Universidad a Distancia de Madrid).

 

Javier Gómez Bermúdez, magistrado de la Audiencia NacionalJavier Gómez Bermúdez, magistrado de la Audiencia Nacional participó ayer por la mañana en los encuentros digitales de la UDIMA. Durante la entrevista que le ha realizado el profesor de periodismo de esta Universidad, Luis Miguel Belda, ha abordado diversos asuntos de actualidad como la nueva Ley de Seguridad Ciudadana impulsada por el Gobierno o la reforma por el Gobierno de la jurisdicción universal. También considera el magistrado Gómez Bermúdez que las sanciones previstas en la nueva ley “son tan brutales que hoy por hoy compensará a cualquier ciudadano que le lleven ante el juez por un delito, del que probablemente salga absuelto, a que le sancionen administrativamente.

Hay que recordar que este magistrado tiene gran experiencia en temas relacionados con el terrorismo Fue miembro de los Tribunales de enjuiciamiento (1999-2004) y ponente en procesos a la cúpula de ETA detenida en Bidart (Francia); a los comandos de Andalucía, Barcelona, Vizcaya; al colectivo "Artapalo". Ha participado en casos de gran repercusión como el asesinato de Miguel Ángel Blanco por ETA.Fue ponente de las resoluciones de la apelación contra los procesamientos de Segi-Jarrai; Gestoras Pro Amnistía-Askatasuna; la suspensión de actividades del entorno de ETA; la trama financiera de ETA; la extorsión a empresarios por ETA, y en juicios y apelaciones de miembros del GRAPO y GIA.

Además, tiene gran experiencia en terrorismo juvenil por su labor en el Juzgado Central de Menores y en el tratamiento penitenciario de presos terroristas y del crimen organizado como Juez Central de Vigilancia Penitenciaria, y sentó las líneas jurídicas sobre terrorismo/vandalismo urbano y tratamiento penitenciario del crimen organizado terrorista.

En 2005 el Colectivo de Víctimas del Terrorismo en el País Vasco le concedió el IV Premio Internacional COVITE a la actuación en favor del recuerdo y apoyo a las víctimas. Y dos años después presidió el juicio de los atentados del 11 de marzo de 2004 que, en la provincia de Madrid, costaron la vida a 192 personas.

 En su intervención en estos encuentros UDIMA, El juez declaró que la  Ley de Seguridad Ciudadana, presenta a su juicio algunos aspectos “inconstitucionales”, como el referido a la interceptación de las comunicaciones. Asimismo, entiende que “tal y como está escrita” la iniciativa legislativa propuesta por el titular del Interior, Jorge Fernández Díaz, hay partes, como la alusiva a la interceptación de comunicaciones por la Policía, que “son claramente inconstitucionales”. Argumenta Gómez Bermúdez que la Constitución Española “reserva solamente esa posibilidad al Estado de excepción y de sitio, ni siquiera de alarma, cosa que no se ha producido jamás en España desde la llegada de la Democracia.

Para Gómez Bermúdez  la Ley de Seguridad Ciudadana se enmarca en lo que definió como “tendencia irrefrenable de todos los ejecutivos por regular la acción ciudadana, ya desde tiempo de la bautizada como 'ley Corcuera'.

Del resto del contenido de la iniciativa del actual Gobierno, señala que “entra dentro de lo correcto y, hasta cierto punto, lógico”, como el hecho que haya que comunicar la convocatoria de una manifestación para evitar incomodidades al resto de los ciudadanos, aunque “es algo que ya existía”.

“El problema es cómo se interprete la ley”, redunda. “En sí misma la letra no me da miedo, lo único que no me gusta de esa ley es que produce una degradación de la calidad y de las garantías del ciudadano en cuanto a la sanción”, afirma.

También considera el magistrado Gómez Bermúdez que las sanciones previstas en la nueva ley “son tan brutales que hoy por hoy compensará a cualquier ciudadano que le lleven ante el juez por un delito, del que probablemente salga absuelto, a que le sancionen administrativamente”. A su juicio la Ley permite, por la presunción de veracidad, que  se sancione a un ciudadano sin que intervenga un juez, y si más tarde, el sancionado recurre, debe  pagar una tasa e ir a la jurisdicción contenciosa,  una vía  “con parámetros de menor calidad en cuanto a garantías constitucionales que la penal”. Ese es el gran problema de esa ley, que va en contra del ciudadano en el fondo”, añade.

En relación con la reforma por el Gobierno de la jurisdicción universal, asevera que ha sido “un absoluto desastre, no porque tengamos o no jurisdicción universal, que esto es una decisión del legislador y los jueces, sino porque técnicamente es muy mala y eso está generando muchísimos problemas”.

Puede ver la entrevista completa pichando aquí  

 

 

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