A este proyecto
de
ley
se
han
presentado
nueve
enmiendas
de
devolución,
de
los
grupos
Socialista,
de
CiU;
de
IU,
ICV-EUiA,
CHA;
de
UPyD;
del
PNV
y
cuatro
formaciones
integradas
en
el
Grupo
Mixto
(Amaiur,
ERC,
BNG
y
Geroa
Bai).
El Pleno
del
Congreso
de
los
Diputados
inicia
la
tramitación
del
Proyecto
de
Ley
Orgánica
de
Protección
de
la
Seguridad
Ciudadana,
tras
rechazar
las
enmiendas
de
devolución,
con
144
votos
a
favor
Y182
votos
en
contra.
Este
proyecto
será
remitido
a la
Comisión
de
Interior
para
continuar
su
tramitación
parlamentaria,
tras
rechazarse
su
avocación
a
Pleno.
El
Ejecutivo
argumenta
en
la
exposición
de
motivos
de
este
proyecto,
defendido
ante
el
Pleno
por
el
ministro
de
Interior,
Jorge
Fernández
Díaz,
que,
en
el
marco
del
artículo
149.1.29.ª
de
la
Constitución,
y
siguiendo
las
orientaciones
de
la
doctrina
constitucional,
esta
ley
tiene
por
objeto
la
protección
de
personas
y
bienes
y el
mantenimiento
de
la
tranquilidad
ciudadana,
e
incluye
un
conjunto
plural
y
diversificado
de
actuaciones,
de
distinta
naturaleza
y
contenido,
orientadas
a
una
misma
finalidad
tuitiva
del
bien
jurídico
protegido.
Una parte
significativa
de
su
contenido
se
refiere
a la
regulación
de
las
intervenciones
de
la
policía
de
seguridad,
funciones
propias
de
las
Fuerzas
y
Cuerpos
de
Seguridad,
aunque
con
ello
no
se
agota
el
ámbito
material
de
lo
que
hay
que
entender
por
seguridad
pública,
en
el
que
se
incluyen
otras
materias,
entre
las
que
la
ley
aborda
las
obligaciones
de
registro
documental
o de
adopción
de
medidas
de
seguridad
por
las
personas
físicas
o
jurídicas
que
realicen
actividades
relevantes
para
la
seguridad
ciudadana,
o el
control
administrativo
sobre
armas
y
explosivos,
entre
otras.
Con este proyecto
de
ley,
se
habilita
a
las
autoridades
competentes
para
acordar
distintas
actuaciones
dirigidas
al
mantenimiento
y,
en
su
caso,
al
restablecimiento
de
la
tranquilidad
ciudadana
en
supuestos
de
inseguridad
pública,
regulando
con
precisión
los
presupuestos,
los
fines
y
los
requisitos
para
realizar
estas
diligencias,
de
acuerdo
con
los
principios,
entre
otros,
de
proporcionalidad,
injerencia
mínima
y no
discriminación.
Asimismo, se
determinan
las
facultades
de
las
autoridades
y de
los
agentes
de
las
Fuerzas
y
Cuerpos
de
Seguridad
para
dictar
órdenes
e
instrucciones,
para
la
entrada
y
registro
en
domicilios,
requerir
la
identificación
de
personas,
efectuar
comprobaciones
y
registros
en
lugares
públicos,
establecer
restricciones
del
tránsito
y
controles
en
la
vía
pública,
así
como
otras
medidas
extraordinarias
en
situaciones
de
emergencia;
y se
regulan
las
medidas
que
deberán
adoptar
las
autoridades
para
proteger
la
celebración
de
reuniones
y
manifestaciones,
así
como
para
restablecer
la
normalidad
de
su
desarrollo
en
casos
de
alteración
de
la
seguridad
ciudadana.
Por otro lado,
se
añaden
a
las
infracciones
tipificadas
por
el
legislador
de
1992
conductas
que,
sin
ser
constitutivas
de
delito,
atentan
gravemente
contra
la
seguridad
ciudadana.
La
supresión
de
las
faltas
tras
la
reciente
reforma
del
Código
Penal,
explica
el
Gobierno,
ha
exigido
una
revisión
de
las
infracciones
penales
de
esta
naturaleza
que
contenía
el
libro
III
del
código
punitivo
para
incorporar
al
ámbito
administrativo
algunas
conductas
que,
de
lo
contrario,
quedarían
impunes,
como
son
ciertas
alteraciones
del
orden
público,
las
faltas
de
respeto
a la
autoridad,
el
deslucimiento
de
determinados
bienes
en
la
vía
pública
o
dejar
sueltos
animales
peligrosos.
Por último,
se
crea
el
Registro
Central
de
Infracciones
contra
la
Seguridad
Ciudadana,
indispensable
para
poder
apreciar
la
reincidencia
de
los
infractores
y
permitir,
de
este
modo,
sancionar
adecuadamente
a
quienes
de
modo
voluntario
y
reiterado
incurren
en
conductas
merecedoras
de
reproche
jurídico.
Enmiendas
A este proyecto
de
ley
se
han
presentado
nueve
enmiendas
de
devolución,
de
los
grupos
Socialista,
de
CiU;
de
IU,
ICV-EUiA,
CHA;
de
UPyD;
del
PNV
y
cuatro
formaciones
integradas
en
el
Grupo
Mixto
(Amaiur,
ERC,
BNG
y
Geroa
Bai).
El Grupo Socialista
considera
que
la
redacción
de
la
norma
determina
un
régimen
sancionador
al
margen
del
control
judicial
inmediato,
estableciendo
como
infracciones
administrativas
conductasa
relacionadas
con
derechos
civiles
y
políticos
vinculados
con
la
protesta
social.
CiU
no
comparte
que
el
objetivo
fundamental
de
este
proyecto
de
ley
sea
la
despenalización
de
muchas
faltas;
e IU,
ICV-EUiA,
CHA
considera
que
supone
un
retroceso
y
una
restricción
de
los
derechos
fundamentales
y
tiene
como
objetivo
la
criminalización
de
las
libertades
y la
persecución
de
la
protesta
social
pacífica
y
especialmente,
las
situaciones
de
pobreza.
Por su parte,
UPD
cree
que
el
proyecto
de
ley
resulta
equivocado
en
cuanto
a su
concepción
y
dañino
para
el
sistema
de
libertades
que
garantiza
y
protege
la
Constitución;
el
PNV,
que
incide
incide
en
el
régimen
sancionador,
y no
tanto
como
actualización
conforme
a
criterios
jurisprudenciales
o a
las
demandas
sociales.
Amaiur afirma
que
una
ley
de
seguridad
debería
estar
pensada
para
garantizar
las
libertades
de
la
ciudadanía;
ERC,
que
pretende
dotar
de
cobertura
legal
la
práctica
policial
de
persecución
y
represión
de
la
protesta
y el
derecho
de
manifestación;
BNG
opina
que
tiende
a la
contención
del
ejercicio
de
las
libertades
por
parte
del
poder
ejecutivo,
que
merma
los
derechos
sociales
y
Geroa
Bai,
que
supone
un
ataque
a
ciertos
derechos
y
libertades
públicas,
lo
que
llevaría
a un
retroceso
en
calidad
democrática. |