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Cultura valora el consenso alcanzado entre PP, PSOE y CIU sobre la reforma de la LPI aunque no aclara como se gestionará la llamada Tasa Google
MADRID, 25 de JULIO de 2014 - LAWYERPRESS / @LuisjaSanchez
 

El paso por el Senado será clave para saber si la reforma parcial de esta norma incluye este segundo canon digital

Cuarenta y ocho horas tras la votación tan ajustada en la Comisión de Cultura del Congreso el Ministerio de Cultura valoraba positivamente el consenso alcanzado entre los grupos parlamentarios del PP, el PSOE y CiU, especialmente en el reforzamiento de lucha contra la piratería en Internet, manteniendo la coherencia del consenso alcanzado en la anterior legislatura sobre esta materia. En la votación de las enmiendas parciales a la Ley de Propiedad Intelectual celebrada este martes en la Comisión de Cultura del Congreso los tres grupos dieron lugar a un acuerdo explícito en 9 enmiendas transaccionales, que dan respuesta a casi 20 enmiendas presentadas por estos grupos, además de UPyD. Sin embargo respecto a la llamada Tasa Google aún no se sabe qué va a pasar con ella. El resto de la oposición es partidaria de la retirada de esta iniciativa y la incorporación de los periodistas y los fotógrafos como sujetos de remuneración.
El consenso generado entre estos grupos políticos hizo que se aprobase la reforma parcial de la LPI de la que ayer nuestro medio publicaba un amplio reportaje http://goo.gl/KwIUnv ,asi como las siguientes modificaciones a través de las correspondientes enmiendas:
Lucha contra la vulneración de los derechos de los autores en Internet:
- Con un refuerzo sustancial respecto al modelo vigente de las actuaciones tanto en la vía administrativa (procedimiento competencia de la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual, que ve mejoradas sus vías de notificación), como civil (mejorando la posibilidad de identificar a los presuntos vulneradores por el órgano judicial competente).
En ese sentido, se ha aprobado que la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual se podrá dirigirse no sólo a las páginas vulneradoras de derechos de manera “significativa” sino también a aquellas que faciliten la vulneración “de un volumen apreciable de obras y prestaciones protegidas”.
Podrá además solicitar el bloqueo de las páginas, teniendo en cuenta la proporcionalidad y posible eficacia respecto a las demás medidas que propone el proyecto de ley (requerir colaboración servicios de intermediación de pago, de publicidad para que suspendan servicio).
Se facilita el acceso a la vía civil de los autores (modificando la Ley de Enjuiciamiento Civil) permitiendo que puedan solicitar al juez la identificación de aquellos prestadores de servicio que estén poniendo a disposición en España prestaciones u obras sin autorización de los titulares y vulnerando sus derechos, sin exigir que sea a gran escala, atendiendo al volumen de obras y nivel de audiencia de las páginas. Se atenúa, por tanto, dicha exigencia, para que puedan hacer valer sus derechos y exigir reparación ante el daño causado.
Sobre la mejora de la regulación y control al que están sujetas las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual:
- La mejora y mayor objetivación de los criterios para el establecimiento de tarifas para remunerar la utilización de contenidos protegidos por derechos de propiedad intelectual. Las entidades de gestión deberán negociar con las asociaciones representativas a nivel nacional del sector correspondiente y con los organismos de radiodifusión.
- Se refuerza una mayor transparencia en la gestión de las cantidades recaudadas por las entidades de gestión y pendientes de reparto, mediante la inclusión de obligaciones a las entidades para mejorar la identificación y localización de los titulares de derechos a quien deben realizar los pagos, y la posibilidad de acrecimiento del reparto o, en su caso, la compensación de los excedentes negativos de las entidades en sus cuentas anuales, previa toma de decisión por parte de la Asamblea de la entidad y de la comprobación de que se encuentra al corriente de pago de las obligaciones fiscales y de la Seguridad Social.
- La mejor regulación de la oferta digital legal que habrán de fomentar las entidades de gestión, aclarando dicho concepto.


Aclaraciones sobre la denominada ‘Tasa Google’
Debe aclararse en relación a la denominada ‘Tasa Google’ que no implica en ningún caso que los usuarios de internet tengan que realizar pago alguno por enlazar a noticias creadas por las editoras de prensa. Por tanto, las redes sociales no son objeto de esta medida, tal y como algunas partes interesadas están informando en estos días.
En el día de ayer no se han introducido modificaciones al proyecto aprobado por el Consejo de Ministros de febrero. Las opciones planteadas por los distintos grupos parlamentarios se podían agrupar en dos: la retirada de esta iniciativa y la incorporación de los periodistas y los fotógrafos como sujetos de remuneración.
En ese sentido, Cultura explica que los periodistas, entendidos como autores titulares de derechos ya están contemplados en el marco de los sujetos de remuneración por la agregación de sus contenidos en el proyecto legislativo, por lo que entendemos no caben modificaciones al respecto.
En el caso de los fotógrafos, en el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual -ley vigente-, tienen un derecho de remuneración propio, por lo que de aceptar la enmienda planteada se estaría minorando el derecho de éstos a su remuneración, al circunscribirla la compensación por el límite de cita –parte de la obra- en lugar de a la remuneración por la imagen completa.
El Ministerio espera que el diálogo continúe en el Senado para que el proyecto legislativo, que aborda algunos de los grandes problemas que afrontan nuestras industrias culturales, pueda contar con el mayor número de apoyos.
 

 

 

 

 

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