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Expertos en derecho laboral avalan los avances de la reforma laboral pero muestran su preocupación en las resoluciones judiciales sobre despidos colectivos
MADRID, 25 de JULIO de 2014 - LAWYERPRESS
 

Desde el Instituto Internacional Cuatrecasas de Estrategia Legal en Recursos Humanos se pide al Tribunal Supremo más consenso en los fallos sobre los ERES de cara a generar más seguridad jurídica

Dos años después de la puesta en marcha de la Reforma Laboral se observan cambios sin precedentes en nuestras relaciones laborales, conocidos desde la aparición del Estatuto de los Trabajadores: se han flexibilizado las condiciones de trabajo para adaptarlas al nuevo mercado, hay más protagonismo de los convenios colectivos de empresa respecto a los sectoriales; disminuyen las indemnizaciones de los despidos por causas empresariales y el fomento de los planes de recolocación; se han adecuado los costes salariales a la dinámica empresarial y el uso de figuras contractuales que impulsa esta reforma, tales como contratos formativos, contrato de emprendedores o contrato a tiempo parcial, son modificaciones a tener en cuenta según un estudio elaborado por el Instituto Internacional Cuatrecasas de Estrategia Legal en RRHH que conocimos ayer. Frente a los puntos fuertes de la reforma, los expertos muestran su preocupación por las dispares interpretaciones judiciales de los despidos colectivos, muchos de ellos nulos. De ahí que reclamen al Tribunal Supremo y a su sala Social más consenso en estos temas para generar seguridad jurídica.
Fueron Salvador del Rey, presidente de la entidad, el director saliente, Fernando Moreno y Pablo Pastor, nuevo director del Instituto, procedente de la dirección de RRHH de IBM quienes explicaron a los periodistas este documento que analiza dos años de trayectoria de esta reforma laboral. “ Se han hecho grandes avances en este periodo de tiempo pero aún quedan asuntos pendientes, tales como la renovación de los convenios colectivos desde una mayor flexibilidad; el impulso a la formación de los trabajadores ocupados, el evitar una dualidad en nuestro mercado de trabajo para lo cual para lo cual hay que ir hacia una convergencia en su coste o una mejor regulación del derecho de huelga que proteja los derechos de todas las partes”, comentó del Rey.
Para los ponentes esta reforma de tanto calado ha impulsado una importante modernización de nuestras relaciones laborales, lo que ha hecho que se puedan adaptar a un nuevo entorno “ tanto de protección de los derechos de los trabajadores como de cara a la promoción de la competitividad y eficiencia de las empresas”, siguió explicando. El problema que se vislumbra en todo esto es la llamada batalla interpretativa que se libra ahora en los tribunales respecto al alcance y sentido de los aspectos esenciales de la mencionada reforma. En este sentido los despidos colectivos por causas empresariales, son los que más están causando más polémica “Los fallos judiciales, incluso los del Supremo, arrojan decisiones que incluso no parecen estar de acuerdo con la finalidad de la reforma, lo que genera una notable inseguridad jurídica entre las partes”, apunta.
Pendiente del fallo del Tribunal Constitucional sobre la ultraactividad de los convenios, es decir que cumplido el convenio de empresa y su prórroga de un año se mantiene el citado convenio, preocupa la división judicial que hay sobre los ERES en cuanto a la resolución de estos temas tan complejos. “Es fundamental que los fallos judiciales se basen en solidez de criterios. La reforma eliminaba la autorización administrativa para realizar la regulación de empleo e incrementaba el periodo de consulta. Lo que nos hemos encontrado al final es una judicialización de los magistrados del citado periodo, esto hace entonces que las causas de nulidad del despido se disparen”, comentó el presidente del Instituto Internacional Cuatrecasas. En esta tesitura asegura que las partes pierden mucha libertad en la negociación y se ven obligadas a tener un abogado desde el principio de la propia negociación.
A este respecto los expertos comentaron que las propias sentencias que conocían sobre diferentes despidos colectivos eran bastante extensas, muy detalladas lo que no es bueno porque hace que se resienta la negociación. “Es fundamental que en este contexto de dudas sea la Sala Social del Tribunal Supremo quien unifique los criterios en este tipo de situaciones. De hecho los despidos colectivos de grupos de empresas aún son más complicados porque requieren de varios expedientes, en lugar de tramitarlo todo en un solo “, afirmaron. Desde esta entidad se indica que es importante este consenso porque hay previsiones que los despidos colectivos se consoliden o incluso crezcan en los próximos años de forma notable. Al final se ha pasado de un panorama en el que se eliminaba la autorización laboral en estos despidos colectivos con unas mínimas pautas procedimentales a un control judicial omnicomprensivo de la conducta negociadora de las partes, con grave pérdida de autonomía para ellas.
 

 

 

 

 

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