El ICAB se congratula de que finalicen los conflictos sobre las Leyes catalanas de emergencia y medidas de protección de la vivienda El Colegio de la Abogacía de Barcelona se ofrece a las instituciones públicas de Cataluña para hacer posible la aplicación de estas leyes

Publicado el miércoles, 13 febrero 2019

A raíz de la publicación de las sentencias del Tribunal Constitucional que resuelven los recursos de inconstitucionalidad contra las leyes catalanas 24/2015 y 4/2016, el Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB) se congratula de la finalización de estos dos recursos, planteados en su día por el anterior Gobierno español contra las leyes del Parlamento de Cataluña.

Ante esta nueva situación, el ICAB ofrece su colaboración a las Administraciones públicas de Cataluña, y en particular al Gobierno de la Generalitat y las entidades municipalistas, para dar cumplimiento al desarrollo de las leyes indicadas.

Antecedentes

La primera de las leyes pretendía implementar medidas urgentes para afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda y la pobreza energética. La segunda intentó establecer medidas de protección del derecho a la vivienda de las personas en riesgo de exclusión residencial.

Ambas leyes fueron objeto de recursos de inconstitucionalidad y este hecho conllevó la suspensión de la aplicación de algunos de sus artículos.

El actual Gobierno español abrió una vía para solucionar ambos recursos, que ha acabado con desistimientos parciales en ambos recursos. El Tribunal Constitucional lo ha admitido y ha dictado sentencia sobre aquellos aspectos que aún quedaban por resolver.

Cabe recordar que el lCAB participó, en su momento, en los trabajos de elaboración de la primera de las leyes (en colaboración con la Comisión parlamentaria correspondiente); y, después lo hizo en la redacción del anteproyecto de la segunda de estas leyes, a instancias del Gobierno de la Generalitat.

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