ALTODO critica que el TC mantenga la obligatoriedad de pertenencia al Turno de Oficio

Publicado el viernes, 19 octubre 2018
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ASOCIACION DE LETRADOS POR UN TURNO DE OFICIO DIGNO apoya la “CONCENTRACIÓN POR UN TURNO DE OFICIO DIGNO

En relación con la sentencia del Tribunal Constitucional publicada que declara ajustada a la constitución la obligatoriedad de pertenencia al Turno de Oficio para todos los abogados y procuradores, ALTODO ha emitido el siguiente comunicado:

 

En relación con la STC de 4 de octubre de 2018, resolutoria de recurso de inconstitucionalidad promovido por el grupo parlamentario UNIDOS PODEMOS – EN COMÚ PODEM – EN MAREA frente a la reforma de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, operada por Ley 2/2017, de modificación de la Ley 1/1996, de Asistencia Jurídica Gratuita, publicada en el Boletín Oficial del Estado Nº 148, de 22 de junio de 2017, que introdujo la obligatoriedad del servicio de asistencia jurídica gratuita, no solo para el Estado, no solo para los Colegios Profesionales de abogados y procuradores, sino también para sus propios colegiados, la ASOCIACIÓN DE LETRADOS POR UN TURNO DE OFICIO DIGNO manifiesta lo siguiente:

1º) Agradecemos una vez más a la formación política impulsora del recurso el interés mostrado en nuestra causa y la estrecha y recíproca colaboración mantenida con el movimiento asociativo de la abogacía de oficio en la respuesta jurídica frente a dicha reforma, colaboración que seguimos ofreciendo para el estudio de las acciones legales y de otra índole que en su caso procedan a partir de la citada Sentencia y en respuesta a la misma.

2º) Como dijo el representante de una de las formaciones impulsoras del recurso durante el debate parlamentario (véase el Diario de Sesiones): “hemos cambiado un modelo estrictamente vocacional en el cual los colegiados voluntariamente se inscriben en una lista por un modelo obligatorio en el cual, como excepción, los letrados o procuradores, si el colegio les dispensa por razones que no se sabe cuáles son, no formarán parte con carácter obligatorio del turno de oficio”.

La reforma, que el Alto Tribunal ha declarado ajustada a la Constitución Española, ha dado la vuelta a nuestro sistema de justicia gratuita al introducir “ex novo” esa  obligatoriedad para todos los abogados y procuradores de estar adscritos al Turno de Oficio, salvo dispensa colegial discrecional y graciable, “cuando existan razones que lo justifiquen”, y que por el momento no se sabe cuáles habrán de ser, sin tener en cuenta sus vocaciones, sus especialidades o su formación, lo que, a nuestro entender, y pese a la escueta argumentación jurídica de la sentencia, que respetamos y acatamos, pero de la que discrepamos, vulnera diversos preceptos constitucionales, como el derecho a la tutela judicial efectiva en condiciones de igualdad con quienes tienen medios, el derecho a un proceso público con todas las garantías y a que no se produzca indefensión, el derecho a la libre elección de profesión u oficio y a percibir por ella una remuneración suficiente y razonable, el derecho de igualdad ante la ley, el derecho a adoptar medidas de conflicto colectivo, o el derecho a la libertad de empresa,ratificándonos íntegramente en las argumentaciones contenidas en el recurso en su día interpuesto.

3º) Pero además vulnera el sentido común, pues no parece propio de una democracia occidental, ni parece muy razonable que en pleno siglo XXI todavía existan trabajos obligatorios, por muy esenciales que sean los servicios públicos que con ellos se pretenden cubrir. Otros servicios tan esenciales como éste se prestan de forma voluntaria, como es el caso del servicio público sanitario, el servicio de seguridad y orden público, la defensa nacional, o la judicatura. Ningún miembro de éstos cuerpos es obligado a prestarlos, y menos aún al precio fijado unilateralmente por el Estado, lo cual se acerca mucho al concepto de esclavitud. No obliguen a los profesionales a prestar el servicio: háganlo atractivo para éstos, y verán como nunca les faltarán.

4º) Si tan esencial se considera el servicio de justicia gratuita, hasta el punto de ser el único servicio público respecto del cual el Estado ha establecido que todo un colectivo de profesionales quede obligado a prestarlo, y al precio (“indemnización”) unilateralmente fijado por una sola de las partes, ahora más que nunca ha llegado el momento de exigir a esa parte que impone la obligatoriedad que obre en consecuencia y, al menos, mejore de forma muy sustancial la cuantía de las indemnizaciones con las que pretende compensar el tiempo y esfuerzo invertido.

5º) Por el mismo motivo, ha llegado el momento de que, de una vez por todas, las distintas administraciones públicas colaboren de forma efectiva con la prestación   de  ese servicio público tan esencial  como ha sido definido por el propio Tribunal Constitucional en su sentencia, removiendo todos los obstáculos que en nuestro día a día dificultan su prestación, facilitando a los profesionales que lo prestan el acceso a los aparcamientos en dependencias policiales y judiciales, el acceso a zonas de exclusión para el tránsito en vehículos privados impuestas por ciertos Ayuntamientos, entre otros el de Madrid, el acceso gratuito a las copias reprográficas o cibernéticas de los procedimientos judiciales, y tantas otras barreras y obstáculos con los que en nuestro quehacer diario nos topamos.

A los miembros del poder legislativo, ejecutivo y judicial, partidos políticos, Administraciones Públicas Estatales, autonómicas y locales, Colegios Profesionales, a todos ellos, les decimos: no sigan apretando la tuerca siempre en la misma dirección. No sigan apagando nuestras vocaciones: enciéndanlas, aliméntenlas, mantengan viva la llama de la ilusión mediante el justo reconocimiento a la labor prestada todos los días del año, todas las horas de cada día.

Los ciudadanos, destinatarios últimos de la norma, se merecen un servicio de calidad, prestado por profesionales especializados, motivados, y deseosos de prestarlo de forma voluntaria, porque tienen el constitucional derecho de acceder a la justicia en condiciones de igualdad con quienes tienen medios.- Esta reforma, camina en sentido contrario.

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