La Justicia falla en contra del Santander por la llamada ‘hipoteca tranquilidad’

Publicado el jueves, 13 septiembre 2018

La llaman ‘hipoteca tranquilidad’ pero nada más lejos de la realidad. Para los contratantes de este producto comercializado por Banesto (ahora Banco Santander) la sorpresa era mayúscula cuando, tras diez años de pagar hipoteca, solo habían pagado el 5% del capital y amortizado los intereses muy por encima de una hipoteca tradicional. Ahora, la Justicia ha fallado en contra de este producto declarando abusivas hasta seis cláusulas de la hipoteca.

Núria Ribas / @oikit

Es como si hubieras estado pagando un alquiler en vez de una hipoteca durante diez años”, explica Patricia Suárez, presidenta de Asufin (Asociación de Usuarios Financieros). Asufin presentó ante los juzgados en febrero de 2017 una demanda colectiva contra la hipoteca ‘tranquilidad’ comercializada por Banesto y lo que ha fallado ahora la Sala 6 del Juzgado de lo Mercantil de Madrid es que hasta seis cláusulas del producto son abusivas: amortización; intereses ordinarios (tipo de interés y fórmula de cálculo); tipo de interés variable (diferenciales y redondeo); interés de demora; resolución anticipada; y gastos (formalización y cancelación de la hipoteca).

El fallo del juez condena al banco a retirar estas cláusulas en todos y cada uno de los contratos, a no utilizarlas en un futuro y a indemnizar a los afectados. Desde Asufin se calcula que el sobrecoste en una hipoteca ‘tranquilidad’ de 200.000 euros como media respecto a una tradicional es de unos 60.000 euros. “No sabemos cuánta gente tiene este tipo de hipotecas, porque el Banco de España no tiene los datos y el Santander no ha querido facilitarlos”, explica Suárez.

En todo caso, la demanda colectiva ha agrupado a unas 100 familias, especialmente parejas jóvenes que son las que principalmente captaba Banesto para este producto, con una publicidad que “aseguraba a los clientes que no se tenían que preocupar por los tipos de interés, porque siempre se mantendría la misma cuota”, señala Fernando Gavín, abogado de Justicia y Derecho que, junto con Loleta Linares, han llevado la defensa de la demanda colectiva.

La sentencia, además, recuerda que para que una cláusula sea transparente no es suficiente con que sea ortográficamente correcta, si no que debe ser entendibles, a través de la redacción y de los ejemplos. El fallo resalta que “en efecto, de la redacción de dichas cláusulas (integradas en un extenso clausulado sin resaltado alguno) no puede el consumidor alcanzar un recto y completo entendimiento (…)”.

“Está claro que el Santander recurrirá la sentencia”, asegura la presidenta de Asufin. “Pero lo importante de haber ganado en primera instancia es que, si cuando el caso llega al Tribunal Supremo este la hace firme, ya ningún banco podrá usar este tipo de producto abusivo”. De momento, los que tengan este tipo de hipotecas tienen que ir a juicio para recuperar el dinero, pero ahora ya con una sentencia contundente que les respalda.

El Banco Santander está cerrando negociaciones con algunas de las familias que se han personado en la demanda colectiva, según Asufin. Suárez avisa de que “esto no para el proceso judicial, porque uno de nuestros objetivos es que estas cláusulas abusivas desaparezcan del mercado”. Y también lanza el guante: “Si el Banco Santander quiere llegar a un acuerdo para retirar estas cláusulas para siempre, no hace falta llegar al Supremo. Los juzgados están saturados por temas bancarios porque a los bancos les compensa alargar el proceso judicial, ya que de cada 100 clientes afectados muy pocos llegan a juicio por el coste económico y personal”.

Sobre el autor
Núria Ribas

Periodista. Más de 20 años de experiencia en medios escritos y en comunicación política y corporativa. Periodismo jurídico, económico, político y cultural. Veraz siempre; parcial, también. @oikit

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