Sin capítulos matrimoniales no hay paraíso

Publicado el lunes, 27 marzo 2017

Celsa Núñez, Socia Directora en ICN LEGAL.

Los problemas familiares, en general, y las rupturas matrimoniales, en particular, llevan a los cónyuges y a los profesionales que les asesoran a recorrer vías de resolución en ocasiones muy complicadas. Si, además, en la pareja se ha fraguado una riqueza significativa, existirá, a la hora de separarse, el problema adicional de establecer el reparto del patrimonio y una eventual pensión compensatoria para el cónyuge que resulta desfavorecido económicamente tras el divorcio.

Celsa Nuñez, Socia Directora de ICN LEGAL

Celsa Nuñez, Socia Directora de ICN LEGAL

Ahora bien, no hace falta tampoco moverse en las altas esferas de la sociedad para tener noticias de rupturas matrimoniales muy costosas, los famosos divorcios millonarios, pues entre la clase media el reparto del patrimonio también adquiere importancia.

Durante la ruptura, una de las cuestiones que más controversia genera es el reparto del patrimonio generado durante la unión conyugal. Parece preciso aclarar que la cantidad que un cónyuge puede tener que pagar al otro se decide caso por caso, sin una respuesta categórica regulada en la Ley. Cualquier pago que se determine será establecido a discreción del juez, que tomará, eso sí, una decisión basada en la normativa aplicable con un margen amplio para interpretarla, siempre y cuando las partes no hayan llegado un acuerdo a través de un convenio regulador.  Ya sea de mutuo acuerdo o contencioso, la verdad es que en una separación o divorcio está en juego el futuro patrimonial de los cónyuges, en el que se incluye la conocida pensión compensatoria. No olvidemos que el derecho a la pensión compensatoria se origina por el desequilibrio patrimonial que deberá afrontar uno de los miembros de la pareja tras la separación. Si durante el matrimonio se gozaba de unas comodidades determinadas, cuantificables económicamente, el cónyuge que genera esa riqueza deberá compensar al otro durante un tiempo determinado.

Ha de considerarse que el Código Civil establece un marco general que regula los efectos económicos del matrimonio: unas normas son de tipo imperativo (no modificables), y otras de tipo supletorio, que son las que pueden modificarse por los cónyuges de modo voluntario, a través de capitulaciones matrimoniales.

Ya era común que las parejas que atesoraban un gran patrimonio durante su soltería firmasen capitulaciones antes de casarse, pero actualmente se está haciendo más común entre personas que no son millonarias. En el documento capitular se suele pactar hasta el último de los detalles económicos en caso de ruptura del matrimonio.

Las capitulaciones son un contrato que puede firmarse en cualquier momento (también tiempo después de haberse celebrado el matrimonio), en virtud del cual se fijan las normas que dirigen los aspectos económicos de la unión. Se formalizan en escritura pública y se inscriben en el Registro Civil, junto a la inscripción matrimonial.

Considerando todo lo anterior, el abogado tiene que conocer a cuánto asciende el patrimonio a considerar en el momento en que se presenta la demanda de separación o divorcio. A continuación, el abogado, en continuo contacto con su cliente y, en el mejor de los casos, con la colaboración del otro cónyuge, trata de analizar cuáles son las necesidades a cubrir de ambos, sobre todo en términos de vivienda habitual e hijos. También será necesario valorar el poder adquisitivo antes y después del matrimonio.

Se trata de asuntos técnicos para los que habitualmente se presentan multitud de pruebas (informes de detectives privados, movimientos en cuentas corrientes, contratos de productos financieros, facturas).

En conclusión, es siempre recomendable que en un proceso de divorcio los datos fluyan y se persiga el bien de ambas partes. La colaboración entre los abogados y la presencia de mediadores, acostumbrados a trabajar con grandes patrimonios, suelen facilitar que se alcance una solución satisfactoria para todos.

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1 Comentario sobre este articulo. Comenta tu primero.

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    Divorcio express 28 marzo, 2017 a las 16:30 - Reply

    Es muy importante también la base de divorcio:
    Divorcio sin hijos
    Divorcio sin bienes.
    Divorcio con hijos
    Divorcio con bienes.
    Y a nivel económico, al igual que ocurre con la separación de mutuo acuerdo, el divorcio amistoso puede resultar relativamente rápido, sencillo y económico.

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