Navas & Cusí pregunta a la Comisión por los fondos buitre

Publicado el martes, 15 noviembre 2016
Valdis Dombrovskis, vicepresidente de la Comisión Europea de Estabilidad Financiera y Diálogo Social

Valdis Dombrovskis, vicepresidente de la Comisión Europea de Estabilidad Financiera y Diálogo Social

Hoy martes el vicepresidente de la Comisión de Estabilidad Financiera y Diálogo Social, Valdis Dombrovskis, ha convocado una reunión con expertos financieros de toda la Unión Europea. El único español que acudirá a la reunión será el socio-director de Navas & Cusí, Juan Ignacio Navas. La reunión tendrá lugar en la sede del ‘think tank’ Bruegel, convocante formal del acto.

navascusi“Tengo la sensación de que la Comisión está preocupada por las prácticas bancarias y los problemas de salud del sistema financiero; por eso nos ha convocado”, señala Navas, que adelanta que preguntará sobre las titulizaciones a fondos buitres. “¿Es acorde al derecho comunitario no informar al deudor del traspaso de su crédito y no darle la oportunidad para que salde el crédito al precio y/o descuento aplicable al tercero?”

El escrito que presentará Navas analiza la legislación en varios de los estados miembros y la legislación comunitaria, tanto la directiva 93/13 sobre derechos del consumidor como la Carta de Derechos Fundamentales de la UE. “Las entidades paquetizan los créditos -ya sean al consumo o hipotecarios- y los sacan al mercado en pequeños trozos que compran los fondos de pensiones, los hedge funds o los fondos buitres; en todos los casos sin informar al deudor ni darle la oportunidad de recomprar su crédito al precio de cesión”.

Algunos países establecen sistemas de prepago del crédito; otros derivan los créditos titulizados a sociedades offshore como el Deutche Bank en la isla Jersey. En el caso español, el hecho de que el cedente no deba de informar de la cesión hace muy difícil que el deudor sepa si su crédito fue titulizado y por tanto ejercer el eventual derecho de tanteo y/o retracto. “Las cesiones de crédito se practican con absoluta falta de transparencia; y el mínimo derecho que tiene un deudor es saber a quién le debe el dinero”, señala el socio-directos de navascusi.com.

El escrito que presentará este martes ante la Comisión Europea hace referencia también a dos cuestiones prejudiciales presentadas ante el Tribunal de Justicia de Luxemburgo por tribunales españoles. En la prejudicial de Vigo, el juez pregunta si el art. 1535 del Código Civil español es acorde con la normativa comunitaria. Y es que el citado artículo restringe la participación del deudor en la cesión del crédito a la fase declarativa. El juez de Vigo cita la sentencia 106/77, caso Simenthal y pregunta si dicha restricción no choca con los art. 38 y 47 de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE y si a la luz de la Carta. Así que cuestiona si el juez nacional puede despegarse de la legislación nacional para proteger más eficazmente los derechos del consumidor.

El juez de Vigo también censura que en el caso de que el cesionario no tenga domicilio en España, el consumidor deberá iniciar un nuevo proceso declarativo en el plazo de 9 días, “lo que supone costes de abogado, procurador, etc, en un período de tiempo muy corto”, explica Navas.

Por su parte, la prejudicial presentada por el juzgado nº 28 de Barcelona el pasado 8 de marzo (caso C-96/16) cita los artículos 38 de la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, el art. 2C del Tratado de Lisboa y el art. 4.2 del Tratado de Funcionamiento de la UE (LAW 6/1957) Pregunta si excluir al deudor del derecho de tanteo y retracto en las cesiones de crédito es conforme al art. 3.1 y 7.1 y siguientes de la directiva 93/13.

Así que las preguntas que efectuará el socio-director de navascusi.com al vicepresidente de la Comisión Europea son claras. ¿Por qué no se le da al deudor la opción de recomprar su crédito antes que a un tercero?, ¿es esta práctica compatible con la directiva comunitaria de derecho del consumidor?, ¿no es más digno acorde a la legislación de protección del consumidor que el deudor hipotecario pueda, por un precio menor, comprar su propia deuda y quede así con menor deuda pendiente, antes que un fondo buitre cuyo único objetivo es la especulación?

Además, Juan Ignacio Navas preguntará a la Comisión lo siguiente: “¿Puede la Comisión adoptar decisiones para prevenir estos abusos ‘aparentemente’ legales y dar solución al contexto económico que vive la UE?”

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