Los notarios recuerdan a los ciudadanos sus derechos

Publicado el lunes, 24 octubre 2016

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La libre elección del notario por el consumidor, el asesoramiento imparcial y gratuito o la revisión en la notaría de la escritura pública del préstamo hipotecario días antes de la firma son algunos de los derechos con los que cuentan los ciudadanos y que el Notariado español quiere recordarles. Para ello, ha realizado y difundido más de 140.000 dípticos informativos por toda la geografía española. Además, el próximo 25 de octubre, con motivo del Día Europeo de la Justicia,  los 17 Colegios Notariales de España celebran jornadas de puertas abiertas para que los ciudadanos conozcan más de cerca a los notarios, asistan a charlas sobre la función notarial, puedan consultarles sus dudas o visiten los edificios de gran valor arquitectónico en los que están ubicados.

El notario es un jurista cualificado y un funcionario público del Estado que ejerce en régimen profesional y que proporciona a los ciudadanos la seguridad jurídica preventiva que promete la Constitución. Su intervención es garantía de seguridad y legalidad. De hecho, tal y como asegura José Manuel García Collantes, presidente del Consejo General del Notariado: “firmar una escritura pública ante notario aporta la tranquilidad de saber que se está actuando dentro de la Ley y que el acto o contrato que se realiza es definitivo, inamovible y eficaz”.

Aunque gran parte de los ciudadanos ya han requerido a lo largo de su vida algún servicio notarial, tanto si lo han hecho como si no, el Notariado español quiere recordarles sus derechos para que puedan seguir teniéndolos muy presentes a la hora de acudir a las notarías:

A la libre elección de notario entre los más de 2.800 profesionales que hay en España, sin más limitaciones que las previstas en el ordenamiento jurídico.

 

  1. A que el notario elegido, como titular de una función pública designado por el Estado, preste el servicio notarial requerido dentro de la legalidad vigente.
  2. A contar con el asesoramiento imparcial y gratuito sobre la forma jurídica más adecuada para llevar a cabo la voluntad del ciudadano, bajo el marco que permite la Ley.
  3. A ser informado de un modo neutral y equilibrador sobre el negocio o acuerdo que se va a realizar, de modo que la parte más débil, o con menor conocimiento, pueda decidir en igualdad de condiciones la solución que más se adecúe a sus intereses.
  4. A contar con una actuación personalizada con los tiempos, medios y dedicación necesarios. Solo cuando una persona es conocedora de toda la información puede prestar su consentimiento de forma plena.
  5. A poder revisar en la notaría el proyecto de escritura pública de su préstamo hipotecario durante los tres días hábiles anteriores a la firma.
  6. A recibir una factura detallada de los servicios y costes correspondientes y a preguntar cualquier duda que pueda surgir. Los aranceles están disponibles en todas las notarías y en los 17 Colegios Notariales.
  7. Al secreto profesional del notario, esto es, a la confidencialidad de sus datos. La Ley del Notariado regula el secreto del Protocolo. El notario jamás dará a sus datos personales un uso ajeno a la función pública notarial.

 

  1. A que todos los documentos notariales estén debidamente custodiados y conservados en la oficina notarial durante 25 años. Posteriormente, pasarán al archivo de distrito y de ahí al archivo histórico de la comunidad autónoma.
  2. A poner en conocimiento del Colegio Notarial de la comunidad autónoma correspondiente cualquier conflicto que pudiera surgir en relación con un notario. Los Colegios Notariales tienen competencia sobre los respectivos notarios de la comunidad para hacer cumplir las leyes y el reglamento notarial.
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